Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
Justin Bieber vuelve a Coachella con un espectáculo abarrotado y repaso nostálgico de su carrera Tecate Pa´l Norte 2026 confirma su poder Rusia descarta prolongación de la tregua pascual tras su expiración esta medianoche Viven en zozobra choferes fronterizos; reportan detenciones, cancelación de visas y hasta deportaciones Orquesta Filarmónica del Desierto entre timbales y cuerdas

Zócalo

|

Nacional

|

Información

< Nacional

| Aspecto de la sesión de este lunes del pleno de la Suprema Corte de Justicia. Foto: Justicia TV

Nacional

Aprueba SCJN incluir fotos de candidatos en las boletas electorales

  Por Agencia Reforma

Publicado el lunes, 24 de noviembre del 2025 a las 14:11


La Suprema Corte de Justicia avaló hoy que las fotografías de los candidatos aparezcan en las boletas electorales

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia avaló hoy, por primera vez, que las fotografías de los candidatos aparezcan en las boletas electorales.

Por cinco votos contra cuatro, la Corte declaró la validez de una reforma de julio pasado al Código Electoral de Coahuila, por la cual se deberán incluir en las boletas las fotografías de candidatos a la gubernatura y las presidencias municipales.

La reforma fue impugnada por Morena, Movimiento Ciudadano (MC) y el Partido del Trabajo (PT), que alegaron que la fotografía es una forma de propaganda electoral, que puede romper la equidad de la contienda e influir indebidamente en los votantes.

La mayoría estableció que ni la Constitución ni la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) ordenan características específicas para las boletas, por lo que existe cierto margen de libertad de configuración para los congresos estatales.

Este Alto Tribunal considera que introducir la fotografía de una candidatura en la boleta electoral no constituye propaganda electoral porque es un hecho que tiene una carga valorativa neutra”, se lee en la sentencia.

En otras palabras, la inserción de la fotografía de una candidatura, por sí sola, no es equiparable a un mensaje que tenga la intención de persuadir al electorado para votar a favor o en contra de alguna de las opciones políticas”.

También sostiene que incluir la fotografía, y no sólo el nombre y logotipo del partido o coalición, puede hacer más accesible la boleta para algunos grupos de votantes, y que en caso de un diseño que resulte inequitativo, se puede remediar mediante litigios ante los tribunales electorales.

En la minoría, el Ministro Irving Espinosa cuestionó que la reforma de Coahuila no establece condiciones para garantizar imparcialidad y neutralidad, mientras que María Estela Ríos enfatizó que el sistema electoral es de partidos políticos, no de candidatos.

La Ministra Lenia Batres, en tanto, destacó que las encuestas indican que 10 por ciento de los ciudadanos deciden su voto el día de la elección, la mayoría de ellos al estar en la casilla, y que por ello el rostro del candidato podría ser un “elemento definitorio” que no tiene que ver con las plataformas de los partidos.

¿Qué tiene de malo que las personas puedan asociar el rostro de una persona a una plataforma electoral?”, replicó Giovanni Figueroa, autor del proyecto. “La cara no está sustituyendo a una plataforma electoral, simplemente permite al ciudadano asociar a la persona con la plataforma”, agregó Figueroa, quien rechazó que los electores vayan a votar solo por una cara, y pidió más respeto para ellos.

En la elección de 2026, Coahuila solo renovará el Congreso estatal, por lo que la boleta con fotografía se usaría hasta 2027, cuando se elegirán alcaldes, y la Gubernatura estará en juego hasta 2029.

La Corte también anuló hoy una regla que ordenaba usar la votación “total emitida” para calcular los topes de sobre y subrepresentación en el Congreso, ya que el parámetro que se debe usar es una votación depurada, sin contar votos nulos, por candidatos no registrados y por partidos que no mantuvieron el registro.

Este tema provocó confusión, y un debate adicional cuando ya se estaban aprobando los resolutivos de la sentencia, en el que Batres acusó que la Corte estaba legislando al aclarar cuál es la votación que se debe usar.

Además, fue avalada la reforma para establecer el 1 de diciembre como fecha del proceso electoral estatal, así como los plazos fijados para duración de campañas y precampañas.

Notas Relacionadas

Avala Corte libre bloqueo de cuentas; otorgan ‘poder penal’ a la UIF

Hace 5 dias

Más sobre esta sección Más en Nacional

Hace 12 horas

Regaña Sheinbaum a manifestantes en Puebla

Hace 13 horas

Miles de mexicanos desafían la incertidumbre migratoria para salvar la cosecha en EU

Hace 13 horas

Cancela Magnicharters vuelos dos semanas; se quejan turistas

Hace 13 horas

Protestan contra recicladora en mitin de Sheinbaum en Puebla

Hace 14 horas

Conafor reporta 40 incendios forestales activos en 11 estados

Hace 14 horas

Reportan primer caso de gusano barrenador en Zacatecas

Hace 15 horas

Se mantiene sin cambios la lista de aspirantes a consejerías del INE

Hace 16 horas

Lo que se sabe sobre la red de contenido indebido en Yucatán identificada desde Australia

Hace 16 horas

Expresan apoyo a Irán en su Embajada en CDMX

Hace 16 horas

Decomisan 1.8 millones de cigarros ‘irregulares’ en el AICM

Hace 17 horas

Sheinbaum refrenda su compromiso de gobernar para el pueblo: ‘Pésele a quien le pese’

Hace 17 horas

Vinculan a proceso a Alberto del Río, pero logra suspensión condicional y saldrá en libertad