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| Uno de los puntos es la eliminación de la libre transmisión de títulos de concesión entre particulares.

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Consuman Ley de Aguas en ‘fast track’; crearán fondo nacional

  Por Agencia Reforma

Publicado el viernes, 5 de diciembre del 2025 a las 04:07


Dispensa oficialismo todos los trámites para acelerar la reforma y enviarla al Poder Ejecutivo para su publicación

Ciudad de México.- Tras la maratónica sesión de 24 horas en San Lázaro, en el Senado de la República el debate de la Ley de Aguas Nacionales se diluía en el espíritu navideño. 

En las calles, la resistencia de los campesinos perdía fuelle y Morena respiraba sin apuros: el sorteo del Mundial a la vista y también la concentración de mañana en el Zócalo para festejar el séptimo aniversario de la llegada de la 4T al poder azuzaban a los parlamentarios guindas.

En poco más de cuatro horas, la polémica Ley de Aguas Nacionales pasaba en lo general sin mayor obstáculo en la pista del Senado con 85 votos a favor y 36 en contra, con un Pleno amodorrado y con poca disposición al debate. Y pocas reservas de la oposición.

En medio de un desaseo legislativo los congresistas oficialistas aprobaron en menos de dos días la Ley de Aguas, primero saltándose los trámites legislativos en San Lázaro, haciendo lo mismo en el Senado y esperando la minuta desde las 8:00 horas. La reforma llegó a las 16:00 horas y en menos de cinco horas la aprobaron en lo general.

La reforma pasa a la titular del Ejecutivo para que la publique en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor.

Esta fija que la Conagua crea el Fondo Nacional del Agua para otorgar la extinción de títulos de concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, así como la cesión de volúmenes.

La reforma también establece en su Artículo 49 que cuando se transmita el dominio de tierras vinculadas con un título de concesión para el uso del agua, la nueva persona propietaria conservará los derechos sobre la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas correspondientes.

La reforma establece que a quien dolosamente traslade aguas nacionales con fines de lucro se le impondrá, cuando la cantidad sea menor a 50 mil litros, prisión de tres a cinco meses, y cuando la cantidad sea mayor o equivalente a 50 mil litros, prisión de seis a ocho meses, ambas con multas económicas.

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