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| El pago de alimentos, incluidos los retroactivos, son una obligación jurídica insustituible e irrenunciable de los padres biológicos. Foto: Notimex

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Suprema Corte falla a favor de niños y obliga a pago de alimentos retroactivos

  Por Grupo Zócalo

Publicado el jueves, 8 de enero del 2026 a las 13:22


La SCJN determinó que el pago de alimentos, incluidos los retroactivos, son una obligación jurídica insustituible e irrenunciable

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución para garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir alimentos de forma retroactiva.

Durante la sesión del 7 de enero, el Máximo Tribunal revocó la sentencia de un Tribunal Colegiado, que consideró satisfecha la obligación alimentaria de una niña a partir del apoyo brindado por su abuelo materno, quien la reconoció legalmente como su hija.

Al discutir el asunto, el Pleno de la SCJN determinó que el pago de alimentos, incluidos los retroactivos, son una obligación jurídica insustituible e irrenunciable de los padres biológicos.

De esta forma, que el abuelo haya reconocido como hija a su nieta y la haya proveído, no exime al progenitor de su responsabilidad.

Con la resolución, el padre biológico en cuestión deberá cubrir el pago de alimentos de la menor, de forma retroactiva.

Para establecer el monto retroactivo de los alimentos, la Suprema Corte señaló que se deberá analizar cada caso en concreto y considerar, entre otros elementos:

• si el progenitor tuvo conocimiento del embarazo o del nacimiento

• la buena o mala fe con la que actuó

• corresponde al deudor alimentario acreditar que no estuvo en posibilidad de cumplir

“ Con esta decisión, la SCJN reiteró que los derechos de niñas, niños y adolescentes deben protegerse conforme al principio de interés superior de la infancia, lo que obliga a garantizar su desarrollo integral con la participación y responsabilidad plena de sus progenitores”, señaló en un comunicado.  

   

Con información de López-Dóriga Digital

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