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¡Adiós, delegaciones! Así serán alcaldías de CDMX

  Por Agencias

Publicado el jueves, 21 de diciembre del 2017 a las 20:37


Las Alcaldías serán los nuevos gobiernos de proximidad

Uno TV | Ciudad de México.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó por mayoría la Ley Orgánica de Alcaldías, una de las leyes secundarias de la primera Constitución de la Ciudad de México, producto de la Reforma Política del Distrito Federal.

Las Alcaldías serán los nuevos gobiernos de proximidad, en lugar de las jefaturas delegacionales.

Estarán compuestas por un alcalde o alcaldesa y un Concejo integrado por 10 concejales, seis de los cuales representarán a una parte del territorio y la población de la delegación, denominadas circunscripciones.

Así serán

La alcaldesa o alcalde y el Concejo: serán electos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años.

Seis de estos concejales representarán las circunscripciones en las cuales se dividirá cada Alcaldía, las cuales mantienen la identidad de los pueblos y barrios originarios y comunidades.

El Concejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial, que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a la Alcaldía. En ningún caso ejercerán funciones de gobierno y de administración pública.

¿Cuáles son las características de una Alcaldía?

Con la ley, se garantiza la personalidad jurídica y se dota de autonomía a las Alcaldías con respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto y establece competencias en sus jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras.

Requisitos para ser alcalde

La ley determina los requisitos para ser alcalde o alcaldesa se debe:

1. Ser mayor de 25 años

2.. Tener residencia efectiva en la demarcación, por lo menos de seis meses

3. ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección

4. No ocupar cargos públicos, al menos 60 días antes de la elección

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