Coahuila
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Agencias
Publicado el domingo, 24 de diciembre del 2017 a las 18:53
Saltillo, Coah.- La mañana de este domingo 24 de diciembre, en su Sesión Ordinaria de Consejo General, el Instituto Electoral de Coahuila determinó que 16 de las 22 personas que entregaron manifiesto de intención para candidaturas independientes cumplieron con los requisitos establecidos y fueron designados con el estatus de aspirantes para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018.
Aspirantes a candidaturas independientes que cumplieron con los requisitos establecidos en la Convocatoria deberán recabar sus firmas de apoyo ciudadano del 29 de diciembre al 6 de febrero, y posteriormente ser entregadas del 7 al 9 de febrero.
Aspirantes a Candidatos Independientes Procedentes
Aspirantes a Candidatos Independientes Improcedentes
En esta Sesión Ordinaria se aprobó, de igual forma por la vía de la unanimidad, el registro de las Plataformas Electorales para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018 de los siguientes Partidos Políticos:
Partido Acción Nacional.
Partido Revolucionario Institucional.
Partido de la Revolución Democrática.
Partido del Trabajo.
Partido Verde Ecologista de México.
Unidad Democrática de Coahuila.
Movimiento Ciudadano.
Partido Nueva Alianza.
Partido Primero Coahuila.
Partido Joven.
Partido de la Revolución Coahuilense.
Partido Campesino Popular.
Morena.
Partido Encuentro Social.
Se aprobó en esta Sesión Ordinaria la designación de las y los aspirantes que forman parte de las listas de reserva del Concurso Público 2017, para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional, del sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales:
El Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila aprobó la designación de Elva Ximena López Rentería como Consejera Secretaria del Comité Municipal Electoral de Allende, dada la declinación del cargo referido y que fuera designado a la C. Claudia Edith Salazar Delgado. En este mismo tenor, fue aprobada la designación de María Esperanza Guadalupe Reyes Lucas, para que desempeñe las funciones inherentes al cargo de Consejera Electoral del Comité Municipal Electoral de Múzquiz, dada la declinación del cargo referido y que fuera designado al C. Armando Gómez Acosta.
Por otra parte, se aprobaron los Lineamientos que regulan a las y los Funcionarios Públicos o Presidentes (as) Municipales que no se separen de su cargo y busquen ser reelectos (as) para la Integración de los Ayuntamientos del Estado de Coahuila de Zaragoza, Para la Precampaña y Campaña en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018, en los siguientes términos: No podrán utilizar recursos públicos, ya sean humanos, materiales o económicos del Ayuntamiento.
No podrán disponer del personal que se encuentre dado de alta en la nómina del Ayuntamiento del cual ejerce su administración para realizar actos de precampaña y campaña en horas laborables, ni de aquel otro que sea pagado con recursos del Ayuntamiento.
Deberán observar lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la local del Estado de Coahuila de Zaragoza, el Código Municipal del Estado y la demás legislación, reglamentación y normatividad aplicable.
De igual forma se aprobaron los lineamientos a fin de garantizar la paridad de género en la postulación y registro de las candidaturas que participarán en la elección de quienes integrarán los treinta y ocho (38) Ayuntamientos del Estado de Coahuila de Zaragoza, en el marco del Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.


No podrán realizar actos de precampaña y campaña en días y horas laborables, en atención a lo que establezca cada Ayuntamiento.
Finalmente, se declaro improcedente el procedimiento sancionador ordinario promovido por Rodrigo Hernández González, representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, ante el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila en contra de Isidro López Villarreal, en su calidad de Alcalde Saltillo y el Partido Acción Nacional por supuesta comisión de conductas consistentes en “actos anticipados de precampaña y/o campaña, y violación al principio de imparcialidad contenido en el Artículo 134 Constitucional.
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