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Aprueban reformas para elegir jueces y magistrados en Coahuila

  Por Ernesto Acosta

Publicado el jueves, 12 de diciembre del 2024 a las 17:37


El Congreso del Estado aprobó las reformas a la Constitución de Coahuila para sentar las bases de elección de jueces y magistrados.

Saltillo, Coahuila.-El Congreso del Estado aprobó las reformas a la Constitución de Coahuila para sentar las bases de elección de jueces y magistrados, en un proceso que iniciará a partir del 1 de enero próximo.

La minuta de reforma se envió a los 38 municipios, para su análisis y aprobación en los cabildos en este mes, de manera que la convocatoria se lanzará el primer día del año.

La elección extraordinaria de jueces y magistrados se desarrollará el primer domingo de junio y quienes aspiren tendrán de 10 a 20 días de campaña. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial integrarán el Comité de Evaluación, para revisar y aprobar los registros de aspirantes, cuyas listas se enviarán al Instituto Electoral de Coahuila, a quien le corresponde la organización y cómputo de esos comicios.

Los candidatos tendrán derecho de acceso a radio y televisión para difundir su imagen, de acuerdo con la distribución del tiempo que les corresponda conforme a las leyes federales, a través del Instituto Nacional Electoral.

Podrán participar en entrevistas, mesas de discusión o foros de debate organizados por el IEC o en aquellos que se organicen de manera gratuita por el sector público, privado o social, en condiciones de equidad.

La reforma aprobada por el Pleno del Poder Legislativo, garantiza la paridad de género, mediante acciones paritarias los cargos de elección popular del Poder Judicial, unipersonales y colegiados.

La reforma prohíbe actos anticipados de campaña y cualquier financiamiento público o privado. Solo se autorizan los gastos personales de las personas candidatas que serán autorizados, auditados y sancionados por el IEC.

Se prohíbe la contratación por sí o por interpósita persona de espacios en radio, televisión o de cualquier otro medio de comunicación para promocionar las candidaturas. Los partidos políticos tienen prohibido participar en cualquier etapa del proceso judicial y en ningún caso, podrán intervenir, participar, observar o hacer proselitismo en el proceso electoral judicial, directa o indirectamente, ni mucho menos podrán expresarse, a través de sus dirigentes, liderazgos o militantes.

La reforma establece que los funcionarios deberán observar el principio de neutralidad gubernamental previsto en esta Constitución y demás leyes aplicables, lo que aplica para sindicatos, la iglesia y las personas extranjeras.

Los integrantes del Poder Judicial, del Tribunal Superior de Justicia y tribunales distritales, serán electos por un periodo de 9 años, lo mismo que los juzgadores de primera instancia y las personas integrantes del Organo de Administración serán electas por un periodo de 6 años.

En Coahuila, todos los servidores públicos del Poder Judicial tendrán garantizados sus derechos laborales, como antigüedad, sueldos y prestaciones, aún con las reformas al PJ para elegir magistrados y jueces.

 


Dentro del Artículo Séptimo, transitorio, se precisa que “los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial de Coahuila serán respetados en su totalidad, conforme a las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes al momento de su designación”.

El Congreso del Estado expedirá la convocatoria para elegir los cargos de elección popular que determine, por esta única ocasión, el Pleno del TSJ, y a más tardar el 6 de enero próximo deberá instalarse el Comité de Evaluación.

Las personas electas, por única ocasión, iniciarán sus funciones el primer día hábil del inicio del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del TSJ, previa toma de protesta de ley.

Para llevar a cabo la Elección Extraordinaria Judicial Local 2026-2027 que tendrá lugar el día de la elección federal ordinaria del 2027, se observarán las reglas que establezca la legislación local aplicable, mediante convocatoria emitida por el Congreso del Estado

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