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Grupo Zócalo
Publicado el jueves, 19 de enero del 2023 a las 15:55
Ciudad de México.- Los aranceles que impuso el Gobierno de México a las exportaciones del maíz blanco más allá de representar un impacto negativo a empresas y productores contraviene diversos artículos del T-MEC.
La medida que entró en vigor el 17 de enero y estará vigente hasta el 30 de junio va en contra del acuerdo que tiene México con Estados Unidos y Canadá, a pesar de que las exportaciones de este producto no van dirigidas hacia esos países.
Entre los artículos que contravienen al T-MEC está el 2.15 titulado ‘Aranceles, impuestos u otros cargos a la exportación’, el cual señala que no se pueden aplicar aranceles a las exportaciones, como señaló este jueves en su columna Dario Celis.
“ Ninguna Parte adoptará o mantendrá cualquier arancel, impuesto u otro cargo a la exportación de cualquier mercancía al territorio de otra Parte, a menos que tal arancel, impuesto o cargo sea también aplicado sobre esa mercancía cuando esté destinada al consumo interno”, señala el T-MEC.
Al respecto, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) destacó que el arancel de 50 por ciento se aplica sólo a la exportación de maíz blanco, y no se anunció impuesto alguno al consumo dentro de México.
El principal destino de las exportaciones de maíz blanco desde México son Venezuela, Guatemala y Honduras, muestran cifras del Grupo Consultor de Mercados Agrícolas (GCMA).
Además, el IMCO subrayó que contradice los artículos 2.4 ‘Tratamiento de Aranceles Aduaneros’ y el 2.11 ‘Restricciones a la Importación y a la Exportación’ del capítulo 2 titulado ‘Trato Nacional y Acceso a Mercados’.
Estos prohíben el incremento de cualquier arancel aduanero de algún producto originario o la restricción de su importación o exportación.
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Dentro del tercer capítulo del T-MEC, titulado ‘Agricultura’ en el artículo 3.5 se señalan medidas incluidas en el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés), del cual México es firmante desde 1986.
En este se advierte que para imponer una restricción a la exportación se debe presentar evidencia de una escasez crítica y medidas alternativas contempladas antes de imponer restricciones.
“ El anuncio del incremento en aranceles de exportación no incluye ninguno de esos elementos”, agregó el IMCO.
Con información de El Financiero
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