Coahuila
Por Ernesto Acosta
Publicado el martes, 5 de noviembre del 2024 a las 03:28
Saltillo.- El auditor Superior del Estado, Manuel Ramírez Briones, aseguró que la entrega de bonos de despedida, están prohibidos por ley y quienes incurran en ello enfrentarían penas administrativas, económicas y posible inhabilitación para ocupar cargos públicos, al tratarse de una falta grave administrativa.
“ He escuchado a través de los medios de comunicación, en el sentido de que están proponiendo otorgarse algunos bonos de marcha o de salida. Realmente el marco constitucional, así por preeminencia, si tomamos la Constitución Política Federal, es el primer emolumento como primigenia en las leyes, que prohíbe que los servidores públicos se entreguen un bono por el cumplimiento de un encargo”.
Al final de cada administración municipal, en algunas alcaldías han otorgado bonos de salida a funcionarios que concluyen sus funciones.
“ No debe de haber, porque está prohibido en la Constitución Política Federal y de ahí se deriva a las constituciones locales, a los códigos municipales, donde mencionan cuáles serían los procedimientos y las sanciones que se derivan. Sería como una especie de desvío de recursos, pero ya el catálogo de las clasificaciones están publicadas en lo que es la Ley General de Responsabilidades Administrativas
Se clasifican en responsabilidades graves y no graves y el castigo puede ser la inhabilitación para volver a ocupar un cargo público. El área de investigación de la ASE determinaría la gravedad y el dictamen se turnaría al Tribunal de Justicia Administrativa para hacer el enjuiciamiento correspondiente.
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