Nacional

Publicado el sábado, 3 de febrero del 2024 a las 09:49
Ciudad de México.- El juicio político que solicita Morena en la Cámara de Diputados contra el ministro Alberto Pérez Dayán implica que pueda ser destituido del cargo e inhabilitado para ejercer otro.
El diputado morenista Juan Ramiro Robledo, integrante de la Subcomisión de Examen Previo, reconoció que a Morena le faltan los votos para procesar el juicio político, pero consideró que el tema quedará a la siguiente legislatura.
La Subcomisión tendría 30 días para determinar si procede el juicio.
En caso de avanzar, la mitad más uno del pleno de la Cámara de Diputados tendría que avalar el juicio político y, después, lo deben hacer dos terceras partes del Senado, cifra que no tiene Morena actualmente.
Luego de que la Suprema Corte declaró inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) impulsada por AMLO, la bancada de Morena en la Cámara de Diputados anunció que solicitará juicio político en contra del Ministro Alberto Pérez Dayán, quien ante el empate en la votación , emitió un “voto de calidad”.
El diputado Juan Ramiro Robledo acusó a los Ministros de haber violado la Ley Orgánica del Poder Judicial al hacer uso del voto ponderado.
Robledo señaló que de acuerdo con dicho ordenamiento, antes de recurrir a ello, debieron de llamar a otro Ministro, para que intentara, con otro proyecto, conciliar los dos argumentos contradictorios y sólo si continuara el empate el presidente de la Segunda Sala del máximo tribunal podía ejercer su voto de calidad.
El presidente de la Comisión de Puntos de Constitucionales indicó que para su bancada esta violación implica una responsabilidad administrativa y política de acuerdo con el Artículo 110 constitucional.
Cualquier ciudadano puede presentar al Congreso una petición de juicio político contra un servidor público mencionado en Artículo 110 constitucional.
La denuncia la recibe la Secretaría General y la turna a la Subcomisión de Examen Previo, formada con 14 integrantes de las comisiones de Gobernación y Justicia.
Al recibir el expediente, la Subcomisión tiene hasta 30 días hábiles para determinar si procede el juicio político.
Si es el caso, la declaración se turna a las comisiones de Gobernación y de Justicia, que a su vez formulan una resolución y la turnan a la Sección Instructora de la Cámara de Diputados.
La Sección Instructora practicara las diligencias necesarias y abrirá un período de pruebas por 30 días naturales, para que se ofrezcan pruebas el denunciante y el servidor público denunciado.
Posteriormente, se determina la responsabilidad del servidor público y se señala la sanción que proceda.
El pleno de la Cámara de Diputados vota la procedencia o no del juicio político y la manda al Senado.
En el Senado se deberá resolver sobre la sanción, instalando una sección de enjuiciamiento para valorar el caso y se votará en el pleno, con la inhabilitación del servidor público y/o la separación del cargo.
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