Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
Se eleva en el Zócalo una Catrina monumental ‘Más sabe el diablo por doble que por diablo’: Cine para Punto y Aparte Lobos de la UAdeC están de regreso a los Playoffs Atlas amanece en el segundo puesto; San Luis deja ir una chance ¡Copa Coahuila 2027! Ciclismo de carácter internacional

Zócalo

|

Negocios

|

Información

< Negocios

| Reparto de utilidades: Cambios que habrá a partir de 2023. Foto: iStock

Negocios

Cambios en el reparto de utilidades 2023, ¿beneficiará a los trabajadores?

  Por Excélsior

Publicado el viernes, 5 de mayo del 2023 a las 19:49


Recuerda que aunque ya no estes como trabajador en la empresa, puedes exigir utilidades si superaste los 60 días laborados en el 2022

Ciudad de México.- El trabajador tiene el derecho constitucional de participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

Por ley, los patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores copia de la declaración anual, dentro de 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de la misma.

En estos casos, la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre los trabajadores, tomando en consideración el número de días laborados por cada uno en el año, independientemente del monto salarial. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Cambios en el reparto de utilidades

A partir de este año, el reparto de utilidades tendrá un límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo, se estima que con estos cambios, el porcentaje de pago pase de 2.8 a 7.7 por ciento.

“

Es importante reconocer que las ganancias son producto del trabajo de todos los que participan en una empresa, por lo que es fundamental hacerlos partícipes de éstas, lo cual fue el principio con el cual nació esta disposición constitucional”, explicó la titular de la dependencia, Luisa María Alcalde.

Subrayó que el porcentaje total de reparto de utilidades no sufrió modificaciones y se mantiene en 10%, como se acordó en la Comisión Mixta de Reparto de Utilidades, integrada por representantes de las empresas, trabajadores y gobierno.

Lo que sí cambió, destacó, es la forma de estimar el pago para cada trabajador, que ahora puede ser el promedio de los últimos tres años o el equivalente a 90 días de salario, “lo que resulte mejor para el trabajador”.

La firma D&M Abogados destacó que si bien a raíz de la reforma de subcontratación se establecieron topes al PTU, las empresas pueden repartir 10% de sus ganancias sin aplicar los límites, siempre y cuando esto se pacte de común acuerdo con los trabajadores a través de la negociación colectiva.

El reparto de utilidades no está limitado para personal sindicalizado o de base, también pueden participar en él los trabajadores de confianza, con excepción de directores, gerentes o administradores generales de una empresa.

El salario de cuota diaria que se considerará para la individualización de la Participación de Trabajadores en las Utilidades (PTU) de los trabajadores de confianza no podrá ser superior a 20%, del sueldo más alto de un trabajador sindicalizado o de base.

Así que, si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma continua o discontinúa, debes recibir utilidades. Esto significa que no importa si ya no trabajas ahí o tu contrato fue por obra o tiempo determinado, tienes un año -a partir de la fecha límite de entrega- para cobrar tus utilidades.

Este año, las personas morales deberán efectuar el pago a más tardar el 30 de mayo, en tanto que las físicas con actividad empresarial tienen hasta el 29 de junio.

Dudas comunes en el reparto de utilidades

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas es un derecho de los empleados que se establece en la fracción IX, apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.

Se exenta del reparto de utilidades a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.

Notas Relacionadas

Más sobre esta sección Más en Negocios

Hace 1 hora

Pierde Pemex en el trimestre 10.8 mmdp; reduce su deuda

Hace 1 hora

Urge revivir ProMéxico para no perder inversiones, propone Ildefonso Guajardo

Hace 1 hora

Crece PIB 0.9% y ‘sonríe’ Hacienda; prevé 2% para 2026

Hace 1 hora

Costoso, cumplir con Ley Antilavado; se requieren más recursos

Hace 1 hora

Aumenta 5.6% el crédito bancario; impulso al sector privado

Hace 1 hora

Con más de mil empresas activas, Japón se afianza como el cuarto socio más fuerte de México

Hace 1 hora

Define jueza a acreedores de Came; crisis financiera

Hace 1 hora

Destaca Arca aumento en ventas y flujo operativo; ingresos por 66.6 mmdp

Hace 4 horas

Pemex registra pérdidas por más de 10 mil millones de pesos en el tercer trimestre del año

Hace 4 horas

El peso encadena ocho semanas de pérdidas frente al dólar

Hace 16 horas

Es la prisa aliada de los fraudes: Notario Francisco Aguirre Sánchez

Hace 17 horas

Precio del dólar: El peso mexicano marca su peor nivel desde agosto 2025