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| Recinto de la SCJN en la Ciudad de México. Foto Luis Castillo

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Congela SCJN amparos contra reformas a concesiones de minería y agua

  Por La Jornada

Publicado el viernes, 12 de julio del 2024 a las 16:48


El acuerdo aprobado por el Pleno de la Corte fue propuesto por la ministra Lenia Batres.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los tribunales federales del país congelar temporalmente los amparos en contra de la reforma del 2023 impulsada por la actual administración en materia de concesiones de minería y agua.

En sesión privada del Pleno, el pasado jueves se aprobó dicho acuerdo con nueve votos a favor y uno en contra, del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, para evitar más sentencias de tribunales sobre el tema, hasta que la Corte resuelva la acción de inconstitucionalidad, la controversia constitucional y amparos en revisión que tiene pendientes.

Con ello, se esperará que la Corte se pronuncie sobre la constitucionalidad del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, de la Ley de Aguas Nacionales, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y agua.

El acuerdo aprobado por el Pleno de la Corte fue propuesto por la ministra Lenia Batres. Entre sus argumentos, recordó que el pasado 16 de febrero, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito determinó, al resolver el amparo en revisión 483/2023, conceder la protección de la justicia federal contra el decreto, pronunciándose sobre el fondo de un asunto que es competencia originaria del máximo tribunal.

En tanto se resuelva la acción de inconstitucionalidad 129/2023 que permita determinar el criterio general de constitucionalidad que debe prevalecer sobre el Decreto referido, debe aplazarse la emisión de resoluciones de fondo en los asuntos que conoce esta SCJN, Tribunales Colegiados de Circuito y Juzgados de Distrito, cuyos actos reclamados o impugnados se relacionan con la discusión, aprobación, expedición y promulgación del Decreto señalado, así como de cualquiera que guarde similitud con los mismos –ya sea por su entrada en vigor o relacionado con su aplicación–”, expresó a través de una tarjeta informativa.

En junio pasado, la SCJN ordenó otra suspensión similar al admitir a trámite la solicitud de reasunción de competencia 93/2024, promovido también por Batres Guadarrama. Sin embargo, explicó que la nueva decisión tomada por el pleno del máximo tribunal el jueves pasado tiene alcances más generales, aplazando cualquier resolución sobre el tema hasta que los ministros resuelvan la acción de inconstitucionalidad 129/2023.

Información de La Jornada.

 

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