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Congreso aprueba investigar a alcaldesa de Tulum

  Por Sipse

Publicado el sábado, 26 de mayo del 2012 a las 00:52


La Comisión de Justicia de la XIII Legislatura Local aprobó por unanimidad el dictamen de procedencia de la solicitud

Chetumal, Q. Roo.- La Comisión de Justicia de la XIII Legislatura Local aprobó por unanimidad el dictamen de procedencia de la solicitud de juicio político contra la alcaldesa de Tulum, Edith Mendoza Pino, la cual, a su juicio, reúne los elementos para iniciar una investigación por una serie de presuntas irregularidades en su gestión municipal.

La presidenta la dicha comisión, Patricia Sánchez Carrillo, explicó que la Comisión basó la procedencia en ocho puntos, entre los que destacan la existencia de facturas expedidas por empresas que no existen; diferencias de hasta ocho meses entre la expedición de la factura que ampara, por ejemplo, el cobro de dos millones de pesos y el posterior nacimiento de la persona física que sustenta a la empresa; la omisión de otorgar seguridad social a los elementos de la policía municipal; el otorgamiento de concesiones de obra a un pariente, y la entrega de concesiones de obra pública sin la licitación correspondiente.

Sánchez Carrillo estimó que el monto de las irregularidades detectadas en la Comuna es superior a los ocho millones de pesos y dentro de ello, destaca un viaje que Mendoza Pino realizó a Londres, Inglaterra, con familiares y otras personas en el que erogó entre 800 y 850 mil pesos. Fue un viaje sin justificación alguna y aunque los ayuntamientos tienen autonomía, esto se tiene que justificar cuando la erogación que se realice suponga erogaciones de entre 60 y 70 mil pesos, afirmó.

Sobre el procedimiento, en el Congreso se informó que una vez que la Comisión de Justicia dictaminó como procedente la solicitud de juicio político, ésta notificará a la Gran Comisión, la que propondrá una Comisión Instructora integrada por tres legisladores para que investiguen los hechos expresados en la solicitud de juicio político. También se le notificará a la alcaldesa de Tulum para que prepare su defensa.

Una vez designada la Comisión Instructora, ésta iniciaría con su investigación; no tiene un tiempo definido para presentar sus conclusiones. Por su parte, Mendoza Pino tendrá 15 días hábiles, a partir de que reciba la notificación, para entregar pruebas para su defensa.

El pleno podría sancionar a Mendoza Pino con la suspensión de sus derechos como alcaldesa; una sanción económica o un apercibimiento.

Fuentes al interior del Congreso adelantaron que la Gran Comisión propondría tentativamente el próximo martes a los integrantes de la Comisión Instructora.

Un juicio político, aplicado en la historia constitucional de Q. Roo

El único juicio político que ha procedido y se ha llevado a término en la historia constitucional de Quintana Roo, fue en contra de Juan Ignacio García Zalvidea, por afectación a la Hacienda pública cuando fue presidente municipal de Benito Juárez. El Instituto de Investigaciones Legislativas de la XIII Legislatura confirmó que fue en el trienio 1999-2002, durante la IX Legislatura, cuando se presentaron 17 demandas de juicio político, el mayor registro hasta el momento, sin embargo, éstas han sido desechadas por no cumplir con los requisitos de procedibilidad establecidos en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LRSP) del estado de Quintana Roo.

El órgano del Poder Legislativo local señaló que son 13 los actos u omisiones en las que pueden incurrir los servidores públicos y con ellos perjudicar los intereses públicos fundamentales o afectar su buen despacho y por ello, ser sancionados con la destitución del encargo, hasta la inhabilitación de uno a 20 años, sin menoscabo de que se puedan fincar responsabilidades civiles, penales o administrativas, pues en caso de incurrir en delitos, todo funcionario público es sancionable de acuerdo con el Código Penal para el estado de Quintana Roo.

A este respecto, la LRSP precisa en su numeral seis, que estas conductas se refieren en términos generales a violaciones graves a la Constitución Política del Estado y a las leyes que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos del estado.

El Instituto de Investigaciones Legislativas mencionó que el manejo indebido de fondos y recursos del estado, las violaciones sistemáticas o graves a los planes, programas y presupuestos de la administración pública, estatal o municipal y a las leyes que determine el manejo de los recursos financieros, bienes estatales y municipales y la negligencia en el desempeño de las funciones públicas, han sido los principales fundamentos de las demandas presentadas históricamente.

La fuente consideró que la improcedencia de la mayoría de las demandas de juicio político presentadas no ha procedido, ya que la ley en mención establece que deben ir acompañadas de las pruebas.

El artículo 13 de la LRSP establece que cualquier ciudadano, bajo su más estricta responsabilidad y aportando los elementos de prueba, podrá formular denuncia ante la Legislatura.

La propia ley establece todo el procedimiento para la ejecución de juicio político y añade la facultad que tiene la Legislatura para dar vista al Ministerio Público en caso de que el funcionario incurra en actos tipificados como delitos.

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