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Grupo Zócalo
Publicado el jueves, 12 de junio del 2025 a las 01:52
Ciudad de México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a favor de una mujer trans extranjera con estatus de refugiada en México, al considerar que diversos artículos de la Ley de Migración son excluyentes y estigmatizantes al no contemplar el cambio de género en los documentos de residencia.
El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena fue aprobado por unanimidad por los integrantes de la Primera Sala.
La promovente del amparo relató que fue víctima de persecución en su país de origen debido a su identidad de género, y aunque logró obtener refugio en México, el documento migratorio expedido por las autoridades mexicanas mantenía el nombre y género asignados al nacer.
Según la solicitud, cuando una persona trans extranjera busca modificar su documentación migratoria para que coincida con su identidad de género, se enfrenta a una normativa excluyente, ya que la legislación sólo permite cambiar estado civil, nacionalidad, domicilio y nombre, sin contemplar el género.
En su resolución, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena subrayó que la ley migratoria mexicana excluye de manera discriminatoria la posibilidad de adecuar los documentos de residencia a la identidad de género de las personas trans, lo cual vulnera derechos fundamentales.
Por ello, la SCJN ordenó al Instituto Nacional de Migración (INM) y a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) que expidan nueva documentación a favor de la mujer trans con base en su identidad de género. También instruyó a ambas instituciones a modificar sus procedimientos y establecer parámetros que impidan la repetición de prácticas discriminatorias.
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