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Corte avala uso de redes sociales para realizar peticiones a las autoridades

  Por Grupo Zócalo

Publicado el miércoles, 1 de febrero del 2023 a las 15:44


La autoridad está obligada a responder, siempre y cuando sean cuentas certificadas en las que interactúen.

Ciudad de México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por primera vez que, las personas que usan Twitter, pueden ejercer su derecho de petición a las autoridades, por lo que éstas están obligadas a responder.

Esto abrió la puerta para que la ciudadanía haga peticiones por medio de esta plataforma u otra, para que se atiendan sus demandas por fallas en servicios públicos o cualquier otro.

El fallo que ya es jurisprudencia, y que deberá aplicarse en futuros juicios, derivó de un amparo que promovió un ciudadano de Guadalajara, quien impugnó que envió tres peticiones al Ayuntamiento a través de la red social, pero la autoridad no le contestó.

El ministro ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso otorgar la protección de la justicia porque señaló que laspeticiones formuladas a una autoridad a partir de Twitter sí encuentran protección en el artículo octavo de la Constitución Federal, siempre y cuando, exista confirmación de que la respectiva autoridad es titular de la cuenta y que, a partir de la misma, realiza actos de interacción con la ciudadanía.

En el proyecto de sentencia se menciona que la evolución de las tecnologías de la información y la comunicación, como internet y los sistemas de difusión electrónica de la información en tecnología móvil, han cambiado sustancialmente las prácticas de la comunicación en todo el mundo.

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Como se observa, es creciente el uso del internet como medio de interacción entre la ciudadanía y sus autoridades; y, si bien, predominan esquemas por los que la respectiva respuesta puede notificarse por correo electrónico, sobre aquellos en que la petición puede realizarse en esa vía, lo cierto es que la legislación avanza en el sentido de ampliar las facilidades de comunicación a partir de las herramientas tecnológicas disponibles”, detalla la propuesta avalada por unanimidad.

Asimismo, menciona que está plenamente acreditado que el Ayuntamiento de Guadalajara, es titular de la cuenta de Twitter que opera bajo el usuario “@GuadalajaraGob”; y, que, en ningún momento, negó haber recibido las peticiones formuladas por el peticionario; sino que más bien, calificó a las mismas como meros comentarios que no merecían respuesta al no constituir una petición formal que cumpla con los extremos del artículo octavo constitucional, siendo para dicha autoridad, imposible que un comentario en la red social genere poner en marcha un sistema de la administración pública destinado para atender solicitudes de particulares.

La sentencia ordena al Ayuntamiento de Guadalajara que emita un acuerdo respecto de cada una de las tres peticiones que le fueron formuladas por el quejoso y que dieron origen al presente juicio de amparo.

De igual manera, se deberá hacer del conocimiento del quejoso, en breve término, el acuerdo que recaiga a cada una de las tres peticiones presentadas.

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Atendiendo a que el quejoso autorizó expresamente que las respectivas respuestas, le fueran comunicadas a partir de la plataforma Twitter, el Ayuntamiento de Guadalajara podrá utilizar dicha red social para tal efecto; sin perjuicio de que, de así determinarlo, podrá también notificar los acuerdos en cualquier domicilio conocido del quejoso”, subraya el proyecto.

 

Con información de Milenio.

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