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Grupo Zócalo
Publicado el viernes, 28 de febrero del 2025 a las 15:47
Ciudad de México.- Un hecho histórico sin precedentes se realizó el jueves 27 de febrero: 29 líderes del narcotráfico y miembros del crimen organizado fueron llevados de México a Estados Unidos. Un aspecto que también resaltará en la historia es que dichos sujetos no fueron extraditados, sino trasladados. ¿Cuál es la diferencia? Te explicamos.
A lo largo del día se habló de manera no oficial de la “extradición” de personajes históricos como Rafael Caro Quintero, fundador del Cártel de Guadalajara y acusado del asesinado del agente de la DEA Enrique “Kiki” Camarena, así como de los hermanos Miguel Ángel Treviño Morales, el Z-40, y Omar Treviño Morales, ambos relacionados con Los Zetas.
Pero en el primer comunicado oficial se indicó que “fueron trasladados a los Estados Unidos de América 29 personas que se encontraban privadas de su libertad”, precisó la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
Algunos de estas personas tenían amparos y otros procesos en los tribunales mexicanos que dificultaba que fueran extraditados.
¿Qué significa el traslado de 29 líderes criminales a Estados Unidos?
El traslado se realizó con base en la Ley de Seguridad Nacional de México, específicamente de acuerdo a los artículos 5, 12, 15 y 16, que aluden a la cooperación internacional en cuanto a la seguridad nacional, de acuerdo con un análisis jurídico de Milenio.
La principal consecuencia de lo anterior es que algunas de las 29 personas podrían ser acreedoras a condenas que no son legales en México, como la pena de muerte.
El Departamento de Estado de Estados Unidos informó que pueden hacerse acreedores a la pena de muerte Rafael Caro Quintero, Vicente Carrillo Fuentes, exlíder del Cártel de Juárez y hermano de el Señor de los Cielos, entre otros dos más.
“Los fiscales federales evaluarán si los cargos adicionales de terrorismo y violencia son apropiados con base en la política establecida en la Orden Ejecutiva 14157, y si la pena capital está disponible con base en la Orden Ejecutiva 14164, titulada Restablecimiento de la Pena de Muerte y Protección de la Seguridad Pública, así como la guía del Fiscal General del 5 de febrero con respecto a la pena de muerte”, indicó el Departamento de Justicia en un comunicado.
Mientras que en caso de que hubieran sido llevados de acuerdo a los tratados de extradición, que es la vía natural desde el punto de vista legal, buscan salvaguardar el debido proceso de las personas que están en el extranjero, de acuerdo a lo que dijo a Milenio Javier Dondé Matute, doctor en derecho penal internacional y derecho penal comparado.
Además los hermanos Miguel Ángel y Óscar Treviño habían logrado evitar la extradición por once y ocho años, respectivamente, gracias a que su defensa señalaba que no eran las personas que se les acusaba ser.
Tampoco Rafael Caro Quintero había podido ser extraditado desde que fue reaprehendido en el año 2022.
Con información de Milenio
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