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| La Manada. Foto: El Mundo

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Dan 3 años de prisión a periodista español que publicó foto de víctima de ‘La Manada’

  Por EFE

Publicado el miércoles, 11 de enero del 2023 a las 10:04


El medio había publicado el nombre y apellidos de la víctima, el domicilio, su DNI, el centro donde cursaba sus estudios universitarios y fotografías

Madrid.- El titular del juzgado de lo Penal 2 de Cartagena condenó a Josele Sánchez, director de un diario digital, a tres años de prisión por delitos contra la integridad moral en materia de delito de descubrimiento y revelación de secretos luego de difundir datos de la víctima del caso de La Manada ocurrido en Pamplona en 2016, durante las fiestas de San Fermín.

La sentencia difundida este miércoles por medios locales, el acusado, usando un pseudónimo, difundió en su web La Tribuna de Cartagena en mayo de 2018, una publicación bajo el título Yo no te creo, que contenía datos de carácter reservado que afectaban a la privacidad de la víctima, tales como su nombre y apellidos, el domicilio, su DNI, el centro donde cursaba sus estudios universitarios y dos fotografías.

Una de las fotografías, detalla la resolución, “reviste un carácter particularmente degradante y vejatorio”, pues se podía ver a la víctima en un momento en que se estaba violentando su libertad sexual.

Esto, cuando la Audiencia Provincial de Navarra había dictado un auto por el que se prohibía la divulgación o publicación de información relativa a la identidad de la denunciante o datos que pudieran facilitar su identificación de forma directa o indirecta, “así como también la prohibición de la obtención, publicación y divulgación de imágenes de la acusadora o de sus familiares”.

Como consecuencia del acceso de una pluralidad de personas a esos datos a través de la citada web, concluye el apartado de hechos, la denunciante recibió numerosos mensajes anónimos a través de internet, insultos, amenazas y montajes fotográficos que afectaron a su estado de ánimo y a su situación psicológica.

Incluso, llegó a provocar en la víctima ansiedad generalizada ante la posibilidad de ser reconocida, con lo que se vio obligada a abandonar su lugar de residencia, trasladándose al extranjero y a interrumpir sus estudios universitarios.

La indemnización

El acusado deberá indemnizar a la víctima con 15 mil euros, de los que responderá subsidiariamente la mercantil Sureste Prensa Editorial S.L.

En los fundamentos de derecho, el magistrado explicó que el propio acusado reconoce ser el autor “en la creencia de que está publicando un artículo de opinión en el ejercicio de la profesión periodística”.

Reconoce, además, haber utilizado expresiones como que “llevabas tal borrachera, que en lugar de cantar Asturias patria querida —como debería hacer cualquier joven normal cuando se emborracha— decidiste montártelo con cinco macarras de mierda” porque “estaba convencido de que el acto sexual es voluntario y no forzado”.

Y, tras analizar la doctrina constitucional sobre los límites de la libertad de opinión, concluye que este se topa con “el muro del respeto al honor y a la intimidad de las personas y que se traduce en la prohibición de emplear términos o expresiones insultantes o vejatorias: la libertad de expresión no comporta un derecho al insulto”, subrayó.

No resulta amparado por la Ley el empleo de términos hirientes o lacerantes ante quien resulta ser víctima en un delito contra la libertad sexual, y menos aún la publicación de fotografía de claro contenido sexual y la difusión de datos de identificación de la víctima”, aclaró el documento.  

Inhabilitado para el periodismo

Ante esto, “las expresiones que se han transcrito en el relato de hechos probados son claramente vejatorias, pero sobre todo es patente tal carácter en la publicación del nombre, apellidos, domicilio, y centro de estudios universitarios de la víctima”.

Finalmente, el fallo de la sentencia indicó la inhabilitación especial del acusado para el desempeño de profesión u oficio relacionado con el periodismo y sectores vinculados al mismo durante el tiempo de cumplimiento de la condena.

La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia.

 

 

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