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Coahuila

Derechos de las audiencias

Por Gerardo Hernández

Hace 2 meses

“La controversia parece nueva, pero tiene más de una década. Mucho antes de que Claudia Sheinbaum llegara a Palacio Nacional y Morena controlara el Congreso, México ya había reconocido que quienes escuchan radio y ven televisión no son simples consumidores, sino ciudadanos con derechos frente a empresas que explotan un bien público: el espectro radioeléctrico. El principio nació de una reforma impulsada por un Gobierno priista, negociada con el PAN y las principales fuerzas políticas del país. Trece años después, aquella discusión regresó convertida en una batalla política”. El análisis de Gerardo Moyano, publicado en el nuevo número del bisemanario Espacio 4, arroja luz sobre un tema relevante que las oposiciones tergiversan para sacar astilla.

“La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), relata Moyano, sometió a consulta pública los Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias. Las disposiciones obligan a las estaciones de radio y televisión a contar con códigos de ética y defensores de las audiencias, distinguir información de opinión y publicidad, garantizar mecanismos de réplica y adoptar medidas contra la difusión de información falsa o descontextualizada.

“La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), periodistas, especialistas y dirigentes opositores advirtieron que algunos conceptos son ambiguos y podrían abrir la puerta a la intervención gubernamental sobre los contenidos. El Gobierno lo niega. ‘¿Hay censura? No hay censura’, aseguró Sheinbaum, quien sostiene que el Estado no decidirá qué noticia es verdadera ni qué opinión puede transmitirse.

“La intensidad del enfrentamiento ha convertido un debate técnico en otro sobre la libertad de expresión. Sin embargo, reducirlo a una ofensiva de la 4T contra los medios deja fuera una parte sustancial de la historia: los derechos que ahora provocan alarma no fueron inventados por Morena. Una regulación democrática debería impedir que una autoridad sancione una opinión por ser incómoda o contraria al Gobierno, delimitar con precisión las infracciones y garantizar independencia a las defensorías. Al mismo tiempo, la libertad editorial no debería significar que los concesionarios estén exentos de responsabilidades frente a quienes reciben sus contenidos.

“El espectro radioeléctrico no pertenece a las televisoras ni a las estaciones de radio. Es un bien de la nación explotado mediante concesiones públicas. Esa condición concede derechos, pero también impone obligaciones. La consulta que concluirá el 21 de agosto ofrece la oportunidad de eliminar las ambigüedades antes de que los lineamientos sean definitivos. El reto continúa siendo proteger a quien escucha sin silenciar a quien habla.

“El origen está en la reforma constitucional de telecomunicaciones de 2013, uno de los principales cambios estructurales del Gobierno de Enrique Peña Nieto. Un año después, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión estableció derechos específicos para las audiencias e incluyó defensores, códigos de ética, mecanismos de queja y disposiciones para personas con discapacidad.

“El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), entonces organismo constitucional autónomo, recibió la tarea de reglamentarlos y en 2016 aprobó los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias. Entre otras obligaciones, establecían diferenciar información de opinión y crear mecanismos para reclamar posibles vulneraciones.

“Los concesionarios argumentaron que el IFT excedía sus facultades y podía afectar la libertad editorial. La polémica llegó al Congreso y a los tribunales y, antes de que el proceso concluyera, en 2017 una reforma redujo las atribuciones del Instituto y trasladó buena parte de la protección de las audiencias hacia la autorregulación.

“La obligación expresa de diferenciar información de opinión fue eliminada y los lineamientos quedaron sin efecto. La paradoja es evidente: una legislación promovida originalmente por el PRI y respaldada por el PAN terminó debilitada durante el mismo sexenio en que había sido creada, después de la resistencia de la industria. […] Antes de la nueva legislación, impulsada por Sheinbaum, ya existía una resolución judicial para reconstruir los mecanismos de protección de las audiencias. Pero algo fundamental había cambiado. El IFT desapareció como organismo constitucional autónomo y sus funciones pasaron al esquema regulatorio encabezado por la CRT”.

 

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