El proyecto de decreto fue enviado al Senado de la República para concluir el proceso legislativo y turnarlo al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.
De acuerdo con el cómputo de la Mesa Directiva en el Palacio de San Lázaro, los congresos locales de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México habían avalado hasta este martes la reforma.
“ Una vez realizado el cómputo de los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, el Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, declara reformado el artículo 73 fracción 21 inciso A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de feminicidio”, declaró la diputada presidenta Kenia López.
¿Qué plantea la iniciativa?
La adición al artículo 73 de la Constitución propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum establece un plazo de 180 días para expedir la ley, una vez que la reforma constitucional se publique y entre en vigor.
En la exposición de su iniciativa, la titular del Ejecutivo subrayó la necesidad de contar con una legislación general que establezca bases homogéneas para tipificar, investigar, perseguir y sancionar el feminicidio en todo el país.
El nuevo ordenamiento permitiría establecer un tipo penal homogéneo, sanciones y agravantes; homologar estándares de investigación con perspectiva de género; fortalecer la coordinación entre instancias federales y entidades federativas; garantizar el acceso efectivo a la justicia para las víctimas y la reparación de daños, además de fortalecer la coordinación de instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia.






















