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Coahuila

El juicio político a Piña; el ‘ADN Morena’

Por Luis Carlos Plata

Hace 3 meses

El único de los 38 alcaldes de Coahuila en funciones que se halla en fase de instrucción de juicio político, y en su caso también, el único candidato a Presidente Municipal que participa en el proceso electoral para renovar ayuntamientos, es Roberto Clemente Piña Amaya, de Ciudad Frontera.

Pasó desapercibido, entre las vacaciones de Semana Santa y otros temas de coyuntura, pero al Congreso del Estado fue solicitado el 20 de marzo juicio político en contra del Munícipe representante de Morena en la Región Centro (si bien se turnó a la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, desde entonces no sesionan los diputados locales, quienes lo harán hasta el próximo 5 de abril).

Y no fueron adversarios quienes iniciaron el trámite, sino María Victoria García Reyes, octava regidora (Morena) por mayoría del Ayuntamiento de Frontera.

Existe un trasfondo y es, esencialmente, un tema de autoritarismo. De “ADN Morena”: los que se creen por encima de la ley, y apelan a un hipotético “pueblo” inexistente para justificar cualquier barrabasada.

El 5 y 11 de diciembre del año pasado la referida edil, entonces suplente, pidió al Cabildo mediante sendos oficios ser designada para cubrir la vacante que dejó el fallecimiento de la regidora propietaria, Esperanza Guadalupe Martínez Maltos, acaecido el 26 de noviembre de 2023.

Al no recibir respuesta, impugnó el asunto el 25 de enero del presente año ante el Tribunal Electoral de Coahuila, señalando como responsables al Presidente Municipal y al secretario del Ayuntamiento, Higinio Ortiz Escobedo. El 8 de febrero un magistrado instructor del caso requirió a ambas autoridades contestasen al respecto y justificasen la negativa, siendo exhortadas hasta en tres ocasiones, y respondiendo hasta el 29 del mismo mes aunque sin cumplir lo requerido. Sólo “consideraciones vagas, genéricas a imprecisas”, en opinión del Tribunal Electoral.

Por consecuencia les fue impuesta una sanción administrativa.

El objetivo de Roberto Piña era imponer a una tercera persona en su lugar, y forzó hasta las últimas consecuencias para conseguirlo sin éxito.

Sin embargo, el Congreso la designó el 7 de febrero mediante decreto.

Antes de acatar y llamarla para que rindiese protesta del cargo, la tercera persona inició un juicio para la protección de derechos políticos-electorales de la ciudadanía, argumentando premisas erróneas. El Alcalde, por su parte, manifestó que hasta que no se publicase en el Periódico Oficial (lo cual ocurrió el 4 de marzo), no actuaría en consecuencia.

Aunque pareciese un chisme de pueblo o pleitos entre particulares trasladados al ámbito público, el hecho es relevante por una razón: la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha precisado que la afectación del acceso al cargo por la falta de convocatoria a tomar protesta, no sólo afecta individualmente al ciudadano designado, sino también “lesiona la forma de gobierno democrático, representativo, popular y participativo”.

Ello, porque “la falta de acceso y desempeño de los cargos de elección popular, votados por la ciudadanía previamente, no deben quedar al arbitrio de la persona u órgano encargado y facultado de tomar la protesta constitucional respectiva, ya que ello implicaría que se genere una vacante al interior del órgano colegiado, que no se encuentra justificada en la normativa estatal o municipal correspondiente”.

También ha establecido que, “cuando se afecta el derecho de cualquiera de los integrantes de una fórmula para acceder al cargo, no sólo se vulnera esa esfera individual de derechos humanos, sino la integración democrática del órgano y los derechos colectivos de los votantes”.

 

Cortita y al pie

Como ultimátum, el 13 de marzo el Tribunal Electoral ordenó a Roberto Piña convocar a sesión de Cabildo dentro de las 24 horas posteriores a la notificación de la sentencia, llamar a la regidora y tomarle protesta para que, al fin, se incorporase a sus funciones, y una vez hecho lo anterior informar al órgano jurisdiccional de manera inmediata.

Por desobediencia, la sanción suponía 36 horas de arresto, previo auxilio de la fuerza pública.

Sin más remedio, el 15 de marzo protestó la regidora (luego de que le hicieran esperar hora y media de pie y le negaran el uso de la palabra).

 

La última y nos vamos

Esos son los que gobiernan en Coahuila. El “ADN Morena”.

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