Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
Detienen a comandante y escolta por desaparición de dos taxistas en Veracruz Lupita Villalobos causa baja de Supernova y su pelea con Kim Shantal es cancelada CFE desarrolla 47 proyectos de transmisión del Sistema Eléctrico Nacional ¡Ronaldinho se rinde ante México! El emotivo mensaje que conmovió a toda la afición Cae granizo en Monterrey y en el sur de Nuevo León

Zócalo

|

Nacional

|

Información

< Nacional

| Magistrados del Tribunal Electoral debatieron sobre la sustitución de un proyecto de sentencia enviado por el presidente Gilberto Bátiz, quien desconocía si contenía cambios de fondo. Crédito: Especial

Nacional

Enreda Bátiz discusión de proyecto en el Tribunal Electoral

  Por Agencia Reforma

Publicado el miércoles, 15 de abril del 2026 a las 23:43


Por mayoría de votos, se ratificó la resolución de la Sala Regional de Toluca, que validó los resultados de la reciente elección organizada

Ciudad de México.- Los cuatro magistrados de mayor antigüedad en el Tribunal Electoral federal propinaron un revés a los dos magistrados electos por voto popular, al desechar una propuesta para anular de nuevo las elecciones para elegir representantes indígenas de la comunidad otomí de Temoaya, Estado de México.

Por mayoría de votos, se ratificó la resolución de la Sala Regional de Toluca, que validó los resultados de la reciente elección organizada conforme a usos y costumbres.

El proyecto presentado por el presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral, Gilberto Bátiz, le daba la razón a la ciudadana María Anzurez Rivera, que impugnó la convocatoria una vez realizada la elección, proceso en el que participó y perdió.

La ponencia de Bátiz consideró válido que el ayuntamiento de Temoaya no debió pedir la credencial de votar como requisito en la convocatoria de la elección, porque no fue parte de la consulta a la comunidad sobre el proceso ni fue aprobado por la Asamblea General Comunitaria.

Señalaba que no procedía el argumento de la Sala Regional de Toluca de que la impugnación de la convocatoria afectaba el principio de definitividad del resultado ya registrado.

Expuso que en elecciones regidas por reglas internas no aplicaba el principio de definitividad.

“El ayuntamiento puede y debe apoyar, organizar y facilitar el ejercicio de esta elección, pero no puede definir quién puede o no puede votar ni imponer condiciones para ejercer este sufragio”, sostuvo Bátiz.

Agregó que la exigencia de la credencial para votar en el proceso de autoridades comunitarias inhibió la participación en el proceso.

Lo sucedido, dijo, obliga a ser cuidadosos frente a cualquier intervención externa que incida en el autogobierno de las comunidades indígenas.

“Lo que está en juego, en suma, no es la validez de un requisito específico y ni siquiera la propia preservación del estatus de los procesos anteriores emanados desde 2017, sino el aseguramiento de un principio fundamental de un nuevo constitucionalismo mexicano, que en las elecciones indígenas, sea la comunidad la que decida y cuando esta decisión sea sustituida por una fuente externa o ajena, el proceso pierde su autenticidad.

“Por estas razones, el proyecto privilegia y también coloca en el centro de la decisión comunitaria la protección efectiva de su autonomía por encima de cualquier intervención externa. La autonomía no debe ser heredada ni mucho menos ser una inercia, ni debe ser presumible por su propia repetición”, explicó el magistrado Bátiz.

Tras la intervención del magistrado presidente, se generó una larga participación de los demás juzgadores, lo que prolongó la sesión por cerca de dos horas, pues propuso declarar la nulidad de la elección y emitir una nueva convocatoria, sin imposición de requisitos externos.

El magistrado Felipe Fuentes negó que hubiera un problema de constitucionalidad, vinculado al derecho de autodeterminación de las comunidades indígenas por el requisito de presentar la credencial para votar.

“No comparto esta citación jurídica porque desde mi perspectiva la controversia que se plantea no actualiza una cuestión genuina de constitucionalidad o convencionalidad, sino un desacuerdo con la forma en que la Sala Regional resolvió un problema de legalidad”, expuso.

Apoyo los fallos del Tribunal Electoral del Estado de México y de la Sala Regional de Toluca respecto a que la impugnación era improcedente, dado que la convocatoria ya había quedado firme.

“Hay, además, un problema serio de incentivos, si se permite impugnar la convocatoria hasta después del resultado, se alienta a que las reglas del proceso se acepten mientras convienen y solo se cuestionen cuando el resultado es adverso.

“Para mí, la nulidad de la elección vulnera el principio de mínima intervención del Estado en las elecciones indígenas, sobre todo porque no hay evidencia que se restringiera la participación de algún ciudadano por el hecho de no contar con credencial para votar”, expuso.

El magistrado Reyes Rodríguez fue más duro en el argumento en contra de la ponencia de Bátiz, al indicar que la Constitución es clara en señalar que los pueblos y comunidades indígenas son los únicos legitimados para impugnar por las vías jurisdiccionales algún proceso electoral.

“Es decir, tiene que acudir a juicio una representación formal de los pueblos o las comunidades indígenas.

“En el caso no se advierte una impugnación comunitaria o en nombre de, o representación de alguna de las 64 asambleas dentro de la comunidad; por el contrario, los elementos disponibles permiten sostener que la elección se desarrolló con la participación de las comunidades que se integran en el municipio bajo reglas conocidas y previamente aplicadas y bajo una consulta previa.

“Aquí la actora, que acude en su calidad individual, cuestiona la falta de consulta previa respecto al requisito de presentar la credencial de elector, pero el derecho a la consulta no es individual y no puede acudir a juicio solicitando que se respete ese derecho, tienen que venir los pueblos y comunidades indígenas, son los únicos legitimados para impugnar”, explicó Rodríguez.

Dijo que la persona que impugnó aceptó los términos de la consulta de manera implícita, porque no los impugnó y participó como candidata, con pleno conocimiento de las reglas, incluyendo el requisito de la credencial para votar.

“¿Puede una persona con conflicto de interés representar a las 64 asambleas, a la comunidad, a sus integrantes porque el resultado no le fue favorable? Y sólo después de que el resultado le fue desfavorable, pretende desconocer la validez del resultado”, reflexionó.

La magistrada Mónica Soto también rechazó la propuesta de anular la elección en Temoaya.

Explicó que la Sala Regional se circunscribió estrictamente a un control de legalidad, al concluir que el requisito de la credencial para votar no resultó excesivo, no representó una irregularidad que afectara el principio de autodeterminación ni se acreditó determinancia en el resultado.

Sostuvo que la exigencia de la credencial de elector no resultó un elemento ajeno a la población, sino que obedeció a una reiterada práctica en elecciones pasadas.

La magistrada Claudia Águila fue la única que apoyó la ponencia de Bátiz, con el argumento de que se debía reconocer el interés legítimo de las personas pertenecientes a una comunidad o pueblo indígena en una impugnación, para garantizar el acceso a la justicia de grupos en situación de vulnerabilidad histórica.

Señaló la existencia de jurisprudencia en ese sentido y consideró que el Tribunal debía enfocarse más en reconocer tales derechos.

Sin embargo, Reyes Rodríguez corrigió a la magistrada, cuando le reiteró que la última reforma constitucional dejó en claro que ese derecho se circunscribe solo a las comunidades y pueblos indígenas, no en forma individual.

Finalmente, no se aprobó anular la elección y se ratificaron los fallos de la Sala Regional de Toluca.

Notas Relacionadas

Estabilidad en el cargo garantiza a la independencia judicial

Hace 3 dias

Las normas penales no pueden ser ambiguas ni indeterminadas

Hace 5 dias

Más sobre esta sección Más en Nacional

Hace 37 minutos

INE se deslinda de negociaciones políticas y se asume como árbitro imparcial

Hace 50 minutos

Dispararon agentes de Guardia Nacional para abatir a tirador de Teotihuacán

Hace 1 hora

Agentes de EU fallecidos en Sierra Tarahumara realizaban entrenamiento: Fiscal de Chihuahua

Hace 1 hora

Comisión de San Lázaro avala dictamen de reforma para combatir feminicidio a nivel nacional

Hace 1 hora

Embajada británica emite alerta tras tiroteo en Teotihuacán

Hace 1 hora

Realizan registro interno de aspirantes del PRI para elección de diputadas y diputados locales

Hace 1 hora

Morena perfila aplazar elección judicial a 2028

Hace 2 horas

SCJN avala que amparos garanticen acceso al aborto en estados donde es legal

Hace 2 horas

VIDEO: Así bajaron cuerpo de mujer canadiense asesinada en balacera de Teotihuacán

Hace 2 horas

Amarra Manolo en Washington 2 empresas más para Coahuila

Hace 3 horas

Diputados buscan acuerdos para la elección de nuevos consejeros del INE: Monreal

Hace 3 horas

México y EU impulsarán agenda para sustituir importaciones de Asia: Ebrard