Internacional

Publicado el jueves, 9 de junio del 2022 a las 15:35
Estados Unidos.- Una combinación de situaciones y posibilidades permitidas por el sistema de justicia de Estados Unidos llevó a la Fiscalía de California a hacer la propuesta que consintió que Naasón Joaquín García se declarara culpable, con una pena considerada como insuficiente por las víctimas y el propio juez.
El líder de La Luz del Mundo fue condenado a 16 años y 8 meses de prisión por haber abusado sexualmente de tres niñas.
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La Fiscalía hace un ofrecimiento de una sanción y ellos, la defensa, decide si la acepta o no. En este caso, esto fue lo que sucedió. Así, la Fiscalía deja de investigar y se anota un triunfo”, explicó el especialista en Derecho comparado Anuar García.
“Allá no se busca que las personas se queden toda su vida en prisión si no es necesario, si ellos consideran que es una pena ejemplar, y es una forma de ir atendiendo otros casos”.
La autoridad ministerial, añadió, tenía pruebas muy sólidas en tres acusaciones y por ello decidieron hacer la oferta, que la defensa terminó por aceptar.
Tras el acuerdo, el juez se vio impedido a intervenir.
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Efectivamente, quedó atado de manos y solamente puede palomearlo, ver si tiene algún requisito no cumplido dentro de la ley, cosa que no sucede, y pues tiene que aceptarla”, dijo García.
El acuerdo es similar al que se replica en México con el procedimiento abreviado, durante el cual el imputado reconoce que cometió el delito a cambio recibe una pena menor.
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Lo mismo sucede aquí en el proceso penal abreviado en México; no puede el juez modificar los acuerdos entre las partes, lo único que puede es absolver en caso de que considere que no hay suficientes datos de prueba, igual en Estados Unidos, eso es una copia de este sistema”, añadió el especialista.
Por qué fue expuesto ante los medios
En Estados Unidos existe una resolución reciente de la Corte Suprema que permite que los casos como los de Naasón sean televisados o que el imputado sea mostrado en los medios de comunicación.
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Aquí en México está prohibido directamente por el Código Nacional de Procedimientos Penales porque dice que se viola el principio de presunción de inocencia. Sin embargo, Estados Unidos, que tiene un sistema penal mucho más avanzado, contrapone la Primera Enmienda con la Sexta Enmienda (de su Constitución)”, agregó García.
La Primera, añadió, habla de la libertad de expresión y la Sexta del derecho de las personas a tener un jurado imparcial.
“Al principio se decía que no iba a ser imparcial si estaba en los medios.
“El criterio de la Corte dice que debe darse prioridad al acceso a la información y a los medios, de la Primera Enmienda sobre la Sexta, con la finalidad de que la población esté enterada y así el juicio sea juicio y se conozcan los avances”.
Para García eso es positivo mientras se respete la presunción de inocencia.
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En México podrían evitarse muchas injusticias que existen día con día en tribunales locales como federales si se expusiera ante los medios los asuntos más relevantes, que es donde más vemos tráfico de influencias, conflictos de interés, la corrupción que opera en el País”.
No quedó eximido del resto de cargos
El acuerdo al que llegaron los fiscales y la defensa de Naasón no exime al líder de la Luz del Mundo de haber cometido los 16 cargos restantes que le atribuyó la autoridad ministerial, aunque sí permite que no se le castigue por ellos.
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No significa que no sea culpable como tal, sin embargo, ya se desestiman por parte de la Fiscalía, que seguramente creyó que no iba a alcanzar una sentencia sin que quedara la ‘duda razonable’ y prefirieron este acuerdo.
“Ellos se fueron más por la reparación del daño y por eso la pena aquí en México parece tan menor”, comentó el especialista.
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