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Coahuila

Etiquetado frontal

Por Gerardo Hernández

Hace 1 semana

México ocupa el poco honroso quinto lugar mundial de obesidad (en América Latina es el primero) y es el segundo, después de Estados Unidos, con el mayor índice entre los 38 países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). En casos de diabetes brinca al primer sitio. Por tal motivo es plausible que el Tribunal Constitucional haya respaldado los sellos de advertencia en todos los productos preenvasados. Con ello se garantiza el derecho a la salud y a la información de los consumidores. Édgar London escribe sobre el tema en la nueva edición de Espacio 4:

“El etiquetado nutricional basado en sellos de advertencia, que entró en vigor desde 2020, se mantendrá en los centros comerciales. La Suprema Corte de Justicia respaldó el 8 de abril este sistema de advertencia e información, promovido por el Gobierno de la 4T, así como la legislación que lo sustenta. El pleno desestimó por unanimidad el primer recurso de amparo presentado por la empresa Santa Clara, que forma parte de una serie interpuesta por la industria alimentaria para impugnar el etiquetado obligatorio en los productos preenvasados.

“‘La función del etiquetado es precisamente la de permitir que el consumidor pueda identificar productos que contienen cantidades excesivas de nutrientes críticos como azúcares, grasas totales, grasas saturadas, grasas trans y sodio, a fin de que haga una mejor selección de sus productos’, detalla la sentencia. La Corte determinó que el etiquetado, conforme a la Norma Oficial Mexicana (NOM) 051, y la reforma de la Ley General de Salud, son medidas proporcionales, necesarias y adecuadas, que cumplen con un objetivo constitucionalmente válido sin infringir los derechos de libre comercio, seguridad jurídica e igualdad de trato.

“De esta manera, la Corte determinó la validez del Sistema de Etiquetado Frontal para alimentos y bebida no alcohólicas pues: Busca proporcionar información sobre el contenido de productos asociados a factores de riesgo para el desarrollo de enfermedades como diabetes e hipertensión; protege el derecho a la salud y a una alimentación nutritiva, especialmente de niñas, niños y adolescentes; y preserva el derecho de los consumidores a decidir de forma sencilla e informada sobre los alimentos y bebidas que consumen. También consideró que es constitucional pedir que los productos con cafeína adicionada establezcan esa leyenda en el etiquetado correspondiente.

“Por su parte, el presidente Andrés Manuel López Obrador promulgó el 18 de abril la nueva Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible, la cual impone a restaurantes, productores y distribuidores de alimentos el cumplimiento de diversas disposiciones y multas que podrían ascender a más de 5 millones de pesos por incumplimientos. Esta normativa, diseñada para asegurar el derecho constitucional a una alimentación adecuada y saludable, prevé sanciones de entre 2.4 y 5.4 millones de pesos, así como clausuras temporales o definitivas, totales o parciales, para aquellos productores o distribuidores de alimentos que se nieguen a proporcionar información sobre los insumos o procesos utilizados en la producción de sus productos o servicios.

“Además, se aplicarán multas dentro de este rango a los establecimientos que no garanticen una norma mínimo de inocuidad alimentaria o que no ofrezcan agua natural apta para el consumo humano sin costo para los consumidores. De acuerdo con la nueva reglamentación, los establecimientos deberán restringir la reutilización de aceites u otras grasas en frituras, así como regular la disponibilidad de sal, a menos que sea solicitada por el cliente. Asimismo, deberán colocar mensajes que promuevan la alimentación saludable en los menús y en lugares visibles. Por otro lado, se impondrán multas de entre 5 mil y 2.17 millones de pesos a quienes condicionen el suministro de alimentos sin justificación legal. También se considera una infracción el hecho de no advertir cuando los productos alimenticios procesados contengan ingredientes transgénicos”.

 

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