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Publicado el martes, 17 de febrero del 2026 a las 04:16
Ciudad de México.- La Secretaría de Energía (Sener) podrá frenar la realización de proyectos de energía, públicos y privados, cuando las obras pongan en riesgo la supervivencia de las comunidades indígenas o afromexicanas o éstas nieguen su consentimiento para llevarlas a cabo, de acuerdo con un decreto en el Diario Oficial de la Federación.
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La Secretaría podrá negar el permiso para realizar un proyecto cuando el pueblo o comunidad indígena o afromexicana haya determinado negar su consentimiento previo, libre e informado durante el procedimiento de consulta previa para el proyecto y la Secretaría de Energía determine que dicho proyecto no es acorde con la política energética, la planeación vinculante o el interés público.
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Que el proyecto ponga en riesgo a comunidad indígena o afromexicana en términos de la normatividad aplicable; se pretenda implementar en zonas restringidas; genere impactos sociales significativos negativos cuya implementación provoque mayor perjuicio que beneficios”, señala el documento.
De igual manera, se puede negar el permiso para realizar obras en este sector en caso de que se haya ofrecido información falsa sobre la MIS (Sistemas de Información de Gestión) en los impactos sociales del proyecto, agrega.
Los promoventes deberán elaborar la MIS del sector energético con información reciente, fidedigna y comprobable, utilizando datos provenientes de estadísticas oficiales, desagregada por género, edad, grupo étnico y condición socioeconómica, para reflejar adecuadamente las características de la población afectada.
La información debe ser producto de mediciones y observaciones en campo que incluyan la percepción y el conocimiento local sobre los impactos, Estudio de Impacto Social, cuando aplique; proveniente de las personas integrantes de las localidades, así como a través de entrevistas, grupos focales, encuestas o talleres, en los que se asegure la participación igualitaria de hombres y mujeres.
También se tienen que tomar como base los datos derivados de mecanismos de participación continua de otros proyectos gestionados por el promovente, tales como mesas de diálogo, comités comunitarios y consultas abiertas, que permitan la retroalimentación y el fortalecimiento de la MIS.
El interesado debe señalar las fuentes de información y métodos de recolección de información empleados para la elaboración de la MIS y la estrategia que utilizó para asegurar la participación igualitaria de hombres y mujeres.
Además debe incluir un Plan de MIS que incluya el sistema, estrategia o programa de medidas de ampliación de impactos positivos y de prevención, mitigación, remediación y compensación, entre otras cosas.
En la mira
Los proyectos de exploración y extracción de hidrocarburos, tratamiento, procesamiento o refinación de petróleo; almacenamiento y distribución por ductos de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos; compresión o descompresión de gas natural; su regasificación o licuefacción, procesamiento o tratamiento, así como su venta para autoconsumo, requieren de una MIS para obtener el permiso de la Sener.
También aplica para proyectos de generación, transmisión y almacenamiento de energía eléctrica, y en producción, transporte y almacenamiento de biocombustibles, además de exploración de recursos para la geotermia.
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