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Habrá ‘candados’ en Coahuila para elección judicial; validarán comités candidaturas, evitarán improvisación

  Por Ernesto Acosta

Publicado el sábado, 7 de diciembre del 2024 a las 07:35


Deberán aspirantes cubrir requisitos para brindar certeza legal en su cargo a la población

Saltillo, Coah.-  La reforma al Poder Judicial de Coahuila en materia constitucional, contiene candados y restricciones, para garantizar que sólo se registren en los procesos para elegir magistrados y jueces, profesionales con experiencia técnica, con perfil idóneo y avalados por una carrera judicial ética y moral, para evitar que aparezcan en las boletas personas inexpertas y faltas de preparación.

El gobernador Manolo Jiménez Salinas envió al Congreso del Estado la iniciativa de reforma a la Constitución de Coahuila, para llevar a cabo la elección de juzgadores mediante el voto popular el 1 de junio del año entrante, proceso electoral que iniciará el 1 de enero.

Se establece que las personas que se encuentren en funciones en los cargos a elegir, serán incorporadas en los términos y plazos que establezca la convocatoria, a los listados de candidaturas para participar en el Proceso Judicial Extraordinario 2025, excepto cuando renuncien, se retiren en forma anticipada, declinen su participación antes del registro de las candidaturas o sean postuladas para un cargo diverso.

En caso de no ser electas por la ciudadanía para ejercer el cargo concerniente a la postulación por un nuevo periodo, concluirán su encargo en la fecha establecida para el inicio de las funciones de las personas servidoras públicas que resulten de la elección extraordinaria.

Los listados de aspirantes serán validados por los comités de Evaluación de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, para garantizar que cuenten con buena reputación, buena fama, honorabilidad y con experiencia acreditada.

Asimismo, se deberá cubrir el requisito de certificado de perfil idóneo por única ocasión para participar en el Proceso Electoral Extraordinario 2025, el mismo será cumplido con la certificación o evaluación equivalente que determine el actual Instituto de Especialización Judicial del PJ.

Así, el Congreso del Estado deberá aprobar este mes las adecuaciones en el Código Electoral y la Ley de Medios de Impugnación en Materia Político-Electoral y de Participación Ciudadana, a fin de garantizar la elección extraordinaria del 1 de junio del próximo año para elegir los cargos populares del Poder Judicial del Estado.

 

 

Boletas sin foto

Debido a la gran cantidad de candidaturas en la elección de jueces, magistrados y ministros, la boleta electoral no va a contener fotografías, solamente la lista de sus nombres y cargo al que aspiran, dio a conocer Claudia Zavala Pérez, consejera nacional del INE, de visita por Coahuila.

Aunque ya se registraron las personas interesadas en candidaturas de elección judicial, será hasta febrero de 2025 cuando el Senado le entregará al INE quiénes serán los candidatos y candidatas que participarán, por lo que será hasta entonces que mandarán imprimir la boletas.

Sin embargo, a diferencia de las elecciones constitucionales, estas boletas serán muy diferentes porque en cada una de ellas habrá una cantidad grande de candidatas y candidatos por cada cargo en todos los estados.

No se podría incluir una fotografía, no se puede, porque son muchísimos los nombres que van a aparecer en las boletas, entonces no estamos previendo fotografías. La boleta sólo contendrá un listado, se va a identificar el Poder del que proviene y la especialidad para que puedan ser identificados”, dijo la consejera nacional del INE, Claudia Zavala.

 

Los cerrojos

Se deberá cubrir el requisito de certificado de perfil idóneo por única ocasión para participar en el Proceso Electoral Extraordinario 2025, el mismo será cumplido con la certificación o evaluación equivalente que determine el actual Instituto de Especialización Judicial del Poder Judicial.

 

A continuación los candados para que se logre tal objetivo:

– La carrera judicial es garantía para asegurar el perfil idóneo a los cargos judiciales mediante reglas meritocráticas de ingreso, formación, ascenso y permanencia.

– La inscripción de aspirantes, elegibilidad, participación y evaluación, conforme a la garantía de perfil judicial idóneo, corresponderá al Comité de Evaluación de cada Poder.

-La selección de listados de candidaturas para cargos judiciales corresponderá a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

– Aspirantes a magistrados deberán tener buena reputación, buena fama y honorabilidad, y tener experiencia profesional jurídica acreditada de por lo menos 10 años. Aspirantes a jueces, deberán tener experiencia de cinco años.

– Deberán contar con certificación de perfil judicial idóneo por parte de la institución encargada de la formación judicial del Poder Judicial del Estado.

– Los comités de Evaluación de cada Poder dictaminarán el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y evaluarán el dictamen de idoneidad de aspirantes.

– Los listados de aspirantes se enviarán al Instituto Electoral de Coahuila para integrar las boletas.

– En todo caso, se incorporará a los listados a las personas en funciones en cargos judiciales a elegir o reelegir, salvo que manifiesten declinar a la candidatura, renuncien, se retiren o sean postuladas para un cargo diverso.

– La duración de campañas para cualquier cargo será de 10 ó 20 días.

– Establecerán restricciones, prohibiciones y sanciones a personas candidatas, servidoras públicas y demás personas o instituciones públicas o privadas que violen las reglas del proceso.

– Aspirantes tendrán derecho de acceso a radio y
televisión.

– Se prohíbe el financiamiento público o privado.

– Podrán participar en entrevistas, mesas de discusión o foros de debate organizados por el IEC o en aquellos que se organicen de manera gratuita.

– Sindicatos, iglesias y personas extranjeras tienen prohibido hacer proselitismo.

 

 

Puntos esenciales

– Jueces y magistrados del TSJ, Tribunal de Disciplina, Tribunales Distritales, juezas y jueces, serán electos mediante voto popular, libre, directo y secreto, y durarán en el cargo 9 años, con posibilidad de un periodo adicional y, en su caso, alcanzar la inamovilidad, como lo establece la Constitución Federal.

Para garantizar el efectivo acceso a la justicia, las postulaciones serán preferentemente entre quienes hayan prestado sus servicios en la administración de justicia con eficiencia y probidad…

– Reglas claras para llevar a cabo la elección popular de los cargos con mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios; garantías y plazos razonables. 

Establecer la carrera judicial como garantía institucional para asegurar el perfil idóneo a los cargos judiciales para garantizar la excelencia profesional en la formación, capacitación, evaluación, certificación y evaluación de las personas que deseen formar parte del PJ del estado.

– Materializar el principio de paridad de género entre hombres y mujeres en la conformación de cargos judiciales de elección popular.

– Crear el Tribunal de Disciplina Judicial, encargado de la vigilancia, evaluación y sanción de las faltas administrativas en materia judicial de las personas juzgadoras, con facultades para amonestar, suspender, multar, destituir e inhabilitar a servidoras públicas del órgano judicial, a excepción de magistrados del TSJ, que son regulados por la norma constitucional.

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