Monclova
Por
Alexis Massieu
Publicado el lunes, 24 de mayo del 2021 a las 04:05
Monclova, Coah.- Durante el combate al fenómeno de violencia contra la mujer, las autoridades se olvidaron de legislar a favor del hombre y han provocado una disparidad de género que se refleja en la severidad con la que se sanciona el feminicidio, y la falta de una figura como el masculinicidio.
El doctor en Derecho, César García Diosdado, consideró que la existencia solamente del feminicidio es una cuestión de inconstitucionalidad, es decir, de falta de adecuación a los dispuesto en la Carta Magna, que marca en su artículo cuarto que la mujer y el hombre son iguales ante la ley.
“ “Vemos que hay una falta de equidad en la creación del feminicidio establecido en el artículo 188 del Código Penal Vigente en el Estado, que establece una pena de 40 a 60 años de prisión para el caso de homicidio de una mujer bajo ciertas circunstancias”.
Los 60 años de prisión, dijo, es una pena grave que por ley no aplica cuando la víctima es un hombre, pese a que en ese homicidio se den las circunstancias que se marcan como necesarias para el caso de feminicidio.
En su opinión, a falta de una figura semejante al feminicidio que proteja al hombre como víctima, y se sancione con la misma severidad, autoridades como el Ministerio Público deben pedir a los jueces de primera o segunda instancia, que apliquen una sanción equiparada a la del feminicidio.
“ “El delito de feminicidio en términos del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos pudiera ser masculinicidio, una figura equivalente a la que ya contempla la ley, y que podría incluirse en el Código Penal.
“ “Cuando recién se establecieron las oficinas del Centro de Justicia y Empoderamiento para las Mujeres, no nos permitían la entrada a los hombres, ni siquiera a los abogados, entonces uno de los litigantes promovió un amparo que se ganó, y un juez de distrito obligó a esa autoridad a que nos permitiera el acceso”.
“ “Antes, en el Centro de Justicia y Empoderamiento, los hombres no podían presentar una denuncia por violencia familiar, porque decían que era únicamente para la mujer, sin embargo, a través de demandas de amparo y otros recursos se logró que el hombre también pueda denunciar ese tipo de maltrato por parte de las féminas”.
“ “Se les olvidaron los hombres a los legisladores y los dejaron a un lado, omisiones que se pueden deber a que no existen movimientos sociales para exigir esos derechos, o el fenómeno de violencia contra el hombre no sea tan grave”, dijo.
Evidentemente, señaló el litigante;
“ “se tenía que actuar en relación al fenómeno de violencia contra la mujer, pero también existen hombres que son víctimas, y no contemplarlos es una disparidad de género”.
Como se recordará, la semana pasada se dio a conocer que a una mujer que asesinó a su pareja se le sentenció a 40 años de prisión, que son la sanción mínima para un feminicida.
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