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Interés superior de la infancia debe intensificarse cuando el menor tiene alguna discapacidad: Yasmín Esquivel

  Por Grupo Zócalo

Publicado el lunes, 17 de noviembre del 2025 a las 14:51


• Por unanimidad, el Pleno de la SCJN resolvió un amparo directo en revisión bajo la Ponencia de la Ministra

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a propuesta de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, estableció un criterio que fortalece el interés superior de la niñez como eje rector de las sentencias en los juicios civiles en los que estén en litigio bienes inmuebles habitados por personas en situación de vulnerabilidad.

Lo resuelto por unanimidad del Pleno tiene como antecedente una sentencia en la que un menor de edad con discapacidad y su madre cuidadora, fueron condenados a abandonar el inmueble que habitan por virtud del matrimonio que tuvo con el padre del ahora adolescente.

En su propuesta, la Ministra Esquivel explicó que, si con la entrega de un bien inmueble derivado de un juicio civil pueden vulnerarse los derechos alimentarios, en específico la habitación de una persona menor de edad con discapacidad, debe atenderse al interés superior de la infancia intensificado y, por ende, se debe resolver con perspectivas de infancia y adolescencia, discapacidad y, en su caso, de género ante las manifestaciones de la madre de ser la cuidadora primaria de su hijo y encontrarse en una situación de desventaja frente al padre.

Enfatizó que en aquellos juicios civiles que no estén relacionados directamente con el derecho de alimentos, pero que la resolución sí pueda afectar éste en algún grado potencial, quien imparte justicia debe establecer cómo puede verse vulnerado ese derecho alimentario, en qué grado y, por consiguiente, cómo debe protegerse.

 

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