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Lenia Batres insiste en mantener párrafo sobre ‘cosa juzgada’ pese a mayoría en contra

  Por Grupo Zócalo

Publicado el lunes, 19 de enero del 2026 a las 22:45


La ministra Lenia Batres mantuvo un párrafo sobre cosa juzgada pese al rechazo de siete ministros, desatando un debate interno.

Ciudad de México.– En una sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) marcada por tensiones internas, la ministra Lenia Batres Guadarrama se negó a eliminar un párrafo de su proyecto relacionado con la “cosa juzgada fraudulenta”, a pesar de que siete de sus colegas votaron en contra. Este incidente, ocurrido el 19 de enero, retrasó la resolución de un caso y generó un debate sobre el respeto a las decisiones mayoritarias en el máximo tribunal del país, en el contexto de la reciente reforma judicial.

El conflicto surgió durante la discusión de un recurso presentado por la Fiscalía General de la República (FGR) para revocar la absolución de Juana Hilda González Lomelí en el Caso Wallace, un juicio de amparo directo resuelto por las extintas Salas de la SCJN anterior. El Pleno determinó por unanimidad que no procede la revisión de sentencias concluidas, reafirmando que las decisiones del tribunal son definitivas e inatacables para garantizar la seguridad jurídica.

Sin embargo, Batres incluyó en su ponencia —específicamente en el párrafo 52— una opinión sobre la posibilidad de reabrir juicios en casos de fraude procesal, argumentando que se trata de una figura autónoma y no de una revisión directa de fallos de la Corte.

La ministra defendió su postura al considerar que el párrafo no prejuzga debates futuros y que eliminarlo requeriría un “acuerdo para cambiar las reglas”, actuando “bajo protesta” ante la mayoría.

Siete ministros —entre ellos María Estela Ríos González, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Irving Espinosa Betanzo, Hugo Aguilar Ortiz (presidente del tribunal), Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa— votaron por suprimir el párrafo, calificándolo como innecesario y ajeno al tema central del caso. Argumentaron que introduce un debate sobre la “nulidad de juicio concluido” que debe resolverse en sesiones futuras y que su inclusión podría generar confusión, al no reflejar la voluntad colegiada.

Finalmente, se alcanzó un compromiso: el párrafo se mantiene en el engrose (versión final de la sentencia), pero se agrega una nota que refleja la disconformidad de la mayoría, sin que tenga efectos vinculantes. Este episodio es inédito en la historia de la SCJN, ya que tradicionalmente los ponentes ajustan sus proyectos a las votaciones mayoritarias, y podría sentar un precedente para que futuros ministros ignoren decisiones colectivas, afectando la cohesión del tribunal.

Contexto de la reforma judicial y la “cosa juzgada”

Este incidente se enmarca en la reforma judicial aprobada en 2024 bajo el gobierno de Morena, que introdujo la elección popular de jueces y magistrados, eliminó las Salas de la SCJN y reconfiguró el Pleno con 11 ministros. Lenia Batres, designada en diciembre de 2023 por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y hermana del jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, ha sido una figura controvertida por su alineación con posturas progresistas y su defensa de cambios en el Poder Judicial.

En noviembre de 2025, el Pleno ya había debatido la “cosa juzgada fraudulenta” —con cinco votos a favor y cuatro en contra de permitir reaperturas por fraude—, pero aplazó la resolución al no alcanzar la mayoría calificada de seis votos requerida para un criterio vinculante.

La “cosa juzgada” es un principio constitucional consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece la definitividad de las sentencias para evitar litigios interminables y garantizar la certeza jurídica. En México, este concepto se aplica estrictamente en juicios civiles, penales y administrativos, y solo de forma excepcional se permite la nulidad por fraude si está prevista en leyes específicas, como el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

Datos de interés revelan que, según informes del Consejo de la Judicatura Federal, entre 2020 y 2025 se resolvieron más de 1.2 millones de amparos, de los cuales menos del 1 % involucraron alegatos de fraude procesal, lo que subraya la rareza de tales reaperturas.

En el Caso Wallace, originado en el secuestro de Hugo Alberto Wallace en 2005, la SCJN absolvió a González Lomelí en 2025 por violaciones a derechos humanos, como tortura y falta de perspectiva de género, lo que motivó el intento de la FGR por revocar el fallo.

Reacciones e implicaciones

La decisión ha generado reacciones divididas. Medios como El País han calificado el actuar de Batres como un “torcimiento del brazo” a la Corte, advirtiendo riesgos para la independencia judicial.

Por su parte, Animal Político enfatizó que el fallo refuerza la inalterabilidad de las sentencias, pero deja pendiente el debate sobre fraudes procesales en proyectos futuros, como uno de la ministra Loretta Ortiz.

En redes sociales, como X, predominan críticas opositoras que acusan a Batres de “necedad” y falta de respeto al Pleno, con hashtags como #MinistraBurra ganando tracción.

Expertos consultados coinciden en que este episodio podría erosionar la confianza en la nueva SCJN, especialmente en un contexto donde la reforma buscaba mayor transparencia, pero ha enfrentado acusaciones de politización. La próxima sesión sobre nulidad de juicios mercantiles, prevista para febrero, será clave para definir si se abre la puerta a reaperturas excepcionales.

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