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| Acusan a Batres de conflicto de interés. Foto: Cuartoscuro

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Lenia Batres se aferra a propuesta que libraría al ISSSTE de indemnizar por muerte de paciente

  Por Grupo Zócalo

Publicado el jueves, 5 de noviembre del 2026 a las 11:53


La Suprema Corte rechazó un proyecto de Batres que impedía a una familia exigir indemnización al ISSSTE por presunta negligencia médica

Ciudad de México.- Lenia Batres se aferró a una propuesta que podía dejar sin indemnización a la familia de una mujer fallecida por una presunta negligencia médica en el ISSSTE, institución dirigida por su hermano Martí Batres, una relación familiar que abre cuestionamientos sobre un posible conflicto de interés.

Durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de este 4 de noviembre, la ministra defendió repetidamente su postura, pese a las objeciones de sus compañeros, hasta que seis ministros rechazaron el punto central de su proyecto.

La controversia surgió por el fallecimiento de una mujer ocurrido el 20 de mayo de 2019 en un hospital público. Su esposo e hijas reclamaron una indemnización al considerar que la paciente pudo haber contraído una infección bacteriana debido a la deficiente esterilización de un ventilador utilizado durante su atención médica.

La familia aseguró que conoció la posible negligencia hasta el 27 de agosto de 2019, casi tres meses después del fallecimiento. Presentó su reclamación el 27 de agosto de 2021, pero la institución la rechazó por considerar que había transcurrido el plazo legal para exigir una reparación.

Batres insiste en cerrar el plazo desde el acta de defunción

El proyecto de Lenia Batres proponía que los dos años disponibles para reclamar una indemnización comenzaran a contarse desde la entrega del acta de defunción, expedida el 21 de mayo de 2019. Bajo esa interpretación, la reclamación de la familia quedaría fuera de tiempo, aun cuando los familiares sostienen que conocieron la posible causa de la muerte meses después.

La ministra defendió que el acta de defunción era el documento que daba certeza sobre el fallecimiento y permitía iniciar las investigaciones. Durante el debate insistió en que no podía dependerse de una fecha determinada únicamente por los familiares y expresó categóricamente su posición.

“ No, no puede ser una causa subjetiva, estoy a favor exclusivamente del acta de defunción”, sostuvo Batres ante sus compañeros.

El ministro Giovanni Figueroa cuestionó que esa interpretación pudiera impedir a las familias reclamar por negligencias descubiertas después del fallecimiento.

En tanto, Arístides Guerrero y Loretta Ortiz también advirtieron sobre el riesgo de cerrarles el acceso a la justicia, mientras el presidente Hugo Aguilar defendió que el plazo comenzara cuando los familiares conocieran la posible irregularidad.

El enfrentamiento llega hasta las votaciones

La discusión se volvió tensa cuando Batres interrumpió al presidente durante la organización de las votaciones y posteriormente modificó su posición sobre si el Pleno debía definir el inicio del plazo.

“ Yo no me desdigo de lo que estoy proponiendo”, respondió al explicar su cambio de voto. Hugo Aguilar pidió a los ministros “seriedad y bastante pulcritud en su actuación” para evitar nuevas confusiones.

Aunque María Estela Ríos y Sara Irene Herrerías respaldaron que se utilizara el acta de defunción, la mayoría no acompañó a Batres. Por ocho votos contra uno, la Corte confirmó que el plazo legal para reclamar es de dos años, pero por seis contra tres determinó que debía contarse desde que los familiares conocieran la posible negligencia, y no automáticamente desde la entrega del documento.

Batres terminó aceptando modificar su proyecto conforme a la posición mayoritaria, pero las diferencias fueron tan profundas que cinco ministros votaron por mantener el asunto pendiente hasta revisar la nueva versión.

El caso todavía no determina si el ISSSTE deberá pagar una indemnización. Sin embargo, la insistencia de la ministra en una interpretación que podía favorecer a una institución dirigida por su hermano abre un cuestionamiento sobre su imparcialidad y la necesidad de esclarecer si existe algún conflicto de interés.

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