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Grupo Zócalo
Publicado el miércoles, 2 de junio del 2021 a las 15:26
Ciudad de México.- Tras publicarse ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la llamada Ley Olimpia entró en vigor este miércoles 2 de junio, con lo que inicia el plazo para que los congresos locales hagan los cambios requeridos para aplicarla.
Se trata de las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal en materia de violencia digital y mediática, mejor conocidas como Ley Olimpia, que establece penas de hasta 6 años de cárcel.
La nueva ley señala que aquella persona que “divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o autorización” cometerá el delito de violación a la intimidad sexual.
Asimismo, incurrirá en un delito quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de alguien sin su consentimiento, aprobación o autorización.
La Ley Olimpia designa como violencia mediática la ejercida por cualquier persona que utilice un medio de comunicación para “producir y difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas, que impide su desarrollo y que atenta contra la igualdad”.
Con información de Debate.
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