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| El fallo de la Corte tendrá efectos retroactivos al 17 de mayo de 2016, fecha en que entró en vigor la reforma al código militar. Foto: Cuartoscuro

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Militares no podrán intervenir comunicaciones privadas, resuelve la SCJN

  Por Grupo Zócalo

Publicado el lunes, 17 de abril del 2023 a las 13:47


La Corte ha invalidado la técnica de investigación que estaba previsto en el Código Militar de Procedimientos Penales

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad de los militares de poder intervenir comunicaciones privadas, si no cuenta antes con la autorización de un juez de control del fuero civil.

El máximo tribunal concluyó este lunes el debate sobre las reformas al Código de Justicia Militar y al Código Militar de Procedimientos Penales.

Por mayoría de ocho votos se invalidó la técnica de investigación de intervención de comunicaciones prevista en el Código Militar de Procedimientos Penales.

Esta determinación de la SCJN invalida los artículos 291, 295, 296 y 81 Bis fracción VII, que entre otras cosas señalaban:

“ Si en la práctica de una intervención de comunicaciones privadas se tuviera conocimiento de la comisión de un delito diverso de aquellos que motivan la medida, se hará constar esta circunstancia en el registro para dar inicio a una nueva investigación.”

No hay claridad con Sedena

El ministro ponente Luis María Aguilar señaló que, a pesar de que esta técnica de investigación tiene controles, estas no son claras ni suficientes.

“ Lejos de generar certeza, causa incertidumbre en relación con cuál es el límite de esta atribución, dado que sólo se menciona la causa por la que puede ejercerse, pero no se especifica ni la materia ni sobre quién o quiénes puede llevarse a cabo, lo cual puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial, al poder realizarla, no sólo respecto de personal militar sujeto a una investigación, sino sobre personas ajenas al fuero castrense”, apunta la propuesta aprobada.

Además, la Corte anuló la facultad de los militares para asegurar cuentas bancarias sin autorización de un juez civil, aunque el delito sea del fuero castrense.

Con esta reforma a los códigos, los impartidores de justicia militar pueden pedir a civiles que comparezcan.

 

Con información de El Heraldo de México

 

 

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