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Grupo Zócalo
Publicado el viernes, 12 de diciembre del 2025 a las 04:15
Ciudad de México.- Tras el anuncio del Gobierno federal para una regulación del sector de telecomunicaciones y combatir delitos como la extorsión, los usuarios de telefonía móvil deberán registrar su número telefónico ante la compañía en donde tengan contratado este servicio.
Esto es lo que establece la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), de acuerdo con los lineamientos que se establecen en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que fijan una serie de pasos a seguir principalmente para las empresas de telecomunicaciones que ofrecen el servicio telefónico e internet móvil.
La CRT detalló que los lineamientos establecen que los documentos de identidad para asociar las líneas telefónicas a una persona física serán los siguientes:
*Credencial de elector
*Pasaporte
*Clave Única de Registro de Población (CURP).
*Las personas morales deberán presentar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
¿Qué pasa si no se vincula el número telefónico?
El artículo tercero transitorio determina un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor de los lineamientos para habilitar su plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles; es decir, el plazo concluye el miércoles 7 de enero.
Después, hay un plazo de 120 días hábiles para ejercer acciones en caso de que los números no sean vinculados a los datos de los propietarios de algún teléfono móvil.
El plazo se estima para el 23 de junio de 2026 (sin tomar en cuenta días festivos), por lo que a mediados del próximo año, los usuarios que no hayan registrado su número de teléfono celular serán desactivados.
En el país hay cerca de 143 millones de líneas telefónicas que operan empresas como Telcel, AT&T, Telefónica, Altán Redes y los Operadores Móviles Virtuales (OMV) como Bait. El registro forma parte de la nueva Ley de Telecomunicaciones.
Líneas adicionales
También según los lineamientos de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), las empresas telefónicas tienen la obligación de habilitar y mantener habilitado el número telefónico que se vincule de manera correcta.
Sin embargo, el artículo 10 establece que los proveedores del servicio de telefonía móvil limitarán el número máximo de líneas de teléfono que pueden ser vinculadas por personas físicas, permitiendo hasta 10 líneas telefónicas móviles.
“
Lo anterior, no será aplicable a las personas morales, ni a las personas físicas con actividad empresarial. Para estas últimas, el proveedor del servicio de telefonía móvil requerirá la constancia de situación fiscal, a fin de acreditar dicha circunstancia”, detalla el documento.
Además, toda línea telefónica móvil deberá estar vinculada a un titular que haya dado sus datos personales. También se podrá vincular un único usuario a la misma línea telefónica móvil.
¿Tendrá algún costo el registro?
No, de acuerdo con los lineamientos que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF), tanto la vinculación, como la desvinculación o la consulta de líneas telefónicas no deben generar algún costo final al usuario.
Debido a que el registro arrancó el 9 de enero de 2026, algunas de las compañías telefónica como Telcel ya comenzaron con planes piloto de registro de la línea de sus usuarios; por lo que es importante que como usuario esté atento a las redes sociales o avisos que mande la empresa con la que tenga el servicio.
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