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| Monreal promovió este amparo y, además, denunció a Sansores ante la FGR por la intervención de comunicaciones. Crédito: Especial

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Ordena Corte a Sansores borrar programa sobre Monreal

  Por Agencia Reforma

Publicado el jueves, 10 de julio del 2025 a las 00:03


SCJN ordenó a Layda Sansores, Gobernadora de Campeche, eliminar programa Martes del Jaguar en el que difundió conversaciones de Monreal

La Suprema Corte de Justicia resolvió hoy que la Gobernadora de Campeche, Layda Sansores, violó derechos del entonces senador Ricardo Monreal, al difundir sus conversaciones telefónicas y calificarlo de traficante de influencias.

Por unanimidad, la Primera Sala confirmó el amparo otorgado a Monreal por un juez federal, pero limitó el efecto a que Sansores elimine de redes y páginas oficiales su programa Martes del Jaguar, transmitido el 25 de octubre de 2022.

En esa fecha, la moresnista difundió conversaciones entre Monreal y el dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno, aparentemente obtenidas de manera ilegal, en las que este último agradece el apoyo del senador por gestiones en un asunto penal en 2020.

Esa transmisión fue parte de una andanada de la Gobernadora contra Monreal, a quien también acusó de traicionar a Morena en las elecciones de 2021 en la Ciudad de México, donde el partido gobernante perdió varias alcaldías.
El ahora diputado federal promovió este amparo y, además, denunció a Sansores ante la FGR por la intervención de comunicaciones.

El amparo fue atraído por la Corte para fijar precedentes sobre los límites de la libertad de expresión de los funcionarios públicos, que es muy distinto a la del resto de los ciudadanos.

En su sentencia, presentada por la Ministra Margarita Ríos Farjat, la Corte aclaró que Sansores actuó como funcionaria, no como particular, pues usó medios de difusión del gobierno de Campeche y se ostentó como la Gobernadora.

“La información que difunde la Gobernadora y que sirve de sustento para la emisión de sus opiniones, se trata de una conversación privada a la que la Gobernadora difícilmente podría tener acceso conforme a sus facultades Constitucionales y legales”, dice el fallo.

“La Gobernadora no cumplió con su deber de constatar en forma razonable los hechos en los que fundamentó sus opiniones, sino que, por el contrario, se limitó a difundir información cuya obtención lícita se encuentra en duda y que no verificó, la cual resulta de difícil acceso para dicha autoridad por tratarse de una conversación privada”.

Por tanto, la Corte concluyó que las expresiones de Sansores violaron el derecho al honor y la privacidad de Monreal, más allá que éste, en su carácter de funcionario, debe tener una mayor tolerancia hacia las expresiones públicas que se hagan sobre él.

El juez Agustín Tello también había ordenado a la Gobernadora y sus subordinados abstenerse de seguir realizando manifestaciones sobre Monreal, pero la Corte determinó que esta prohibición es una censura previa que no puede aplicar.

En noviembre de 2022, este juzgador concedió a Monreal una suspensión por la que Sansores debía eliminar las publicaciones en cuestión, misma que según el juez no fue cumplida plenamente, por lo que dio vista a la FGR por un posible delito de violación a la suspensión.

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