Nacional

Publicado el miércoles, 21 de octubre del 2026 a las 17:31
Ciudad de México.- El Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá que cruzar los padrones de servidores públicos locales y municipales, además del padrón federal de servidores de la nación, para garantizar que ningún funcionario de gobierno participe como observador electoral en los comicios de 2027.
Así lo ordenó, por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al revocar el acuerdo del INE sobre los mecanismos de verificación para acreditar a la ciudadanía interesada en realizar tareas de observación electoral.
A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, el pleno determinó que el INE debe ampliar las fuentes de información para detectar posibles impedimentos, pues la verificación no puede limitarse a registros federales cuando la restricción comprende a servidores públicos de los tres órdenes de gobierno.
La resolución derivó de impugnaciones del PRI y Movimiento Ciudadano, que consideraron insuficientes las medidas adoptadas por el Instituto, al omitir los padrones estatales y municipales. También señalaron la falta de plazos y reglas claras para resolver posibles coincidencias entre los registros y las solicitudes de acreditación.
Los magistrados consideraron fundados esos argumentos y ordenaron establecer un procedimiento definido, con plazos diferenciados para revisar las solicitudes y atender los casos detectados después de otorgar una acreditación, además de garantizar el derecho de audiencia de las personas involucradas.
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