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| Los acusados José Luis A.C., y Facundo Teófilo M.R., decidieron no rendir declaración ante el juez de Control.

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Procesan a empleado y dueño del crematorio donde se hallaron 386 cadáveres

  Por Milenio

Publicado el sábado, 5 de julio del 2025 a las 00:57


La mayoría de los cuerpos estaban embalsamados y algunos de ellos tenían más de tres años de haber sido recibidos.

Ciudad de México.- El dueño y el empleado de Crematorio Plenitud, donde la semana pasada se localizaron al menos 383 cadáveres, fueron vinculados a proceso penal por dos delitos. Además, se aprobó un plazo de seis meses para la investigación complementaria y quedó vigente la medida cautelar de prisión preventiva.

Los acusados José Luis A.C., y Facundo Teófilo M.R., decidieron no rendir declaración ante el juez de Control.

Lo abogados defensores de los detenidos argumentaron que sus representados no cometieron ningún delito, que se trata faltas administrativas en las que incurrieron ante la falta de supervisión de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coespris). Además, sostuvieron que la licencia de funcionamiento del negocio estaba vigente y ley no regula cuántos cuerpos se pueden acumular como máximo; también señalaron que existe una responsabilidad por parte de Coespris, Ecología y Protección Civil Municipal y Desarrollo Urbano por la omisión en que incurrieron al no supervisar el establecimiento.

Los agentes del Ministerio Público acusaron al propietario de crematorio José Luis y a su empleado de haber incurrido en el delito previsto en el Artículo 202, fracción I, del Código Penal del Estado de Chihuahua que sanciona con un máximo de dos años de prisión a quien oculte, destruya o sepulte un cadáver, feto o restos humanos, sin la orden de la autoridad que deba darla o sin los requisitos que exijan el Código Civil o las leyes especiales.

Y también haber cometido el ilícito federal establecido en el apartado 462, fracción I, de la Ley General de Salud que prevé penas hasta de 17 años de cárcel a quien ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos y sus componentes, cadáveres o fetos de seres humanos”.

El juez de Control, Apolinar Juárez Castro, consideró que existen datos de prueba suficientes para vincular a proceso a ambas personas por los dos delitos y consideró que si tiene competencia para conocer del ilícito federal porque la Ley se aplica en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.

El plazo de seis meses para la investigación complementaria fue solicitado por el Ministerio Público, al señalar que es necesario la identificación de los al menos 383 cuerpos hallados en Crematorio Plenitud, ubicado en la carretera Panamericana 10631 Sur de la colonia Granjas Polo Gamboa.

Por su parte, el fiscal General del Estado, César Jáuregui Moreno, dio a conocer que se han analizado ya 148 cuerpos e informó que se está haciendo una clasificación muy individualizada para que las identificaciones sean más rápidas.

También informó que los cadáveres están siendo rehidratados y dijo que ya tienen los probables nombres de 27 de los cuerpos, porque algunos tenían puesto la pulsera de hospital donde fallecieron.

ONU DH pide investigar bajo estándar internacional

La Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, se posicionó ante el hallazgo de 383 cuerpos en malas condiciones dentro de un crematorio en Ciudad Juárez, Chihuahua  y señaló que es necesario llevar a cabo una investigación eficaz y con respeto hacía los derechos de las personas fallecidas, conforme a los estándares del informe de Relatoría ONU.

En el informe, el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Morris Tidball-Binz, examina, desde la perspectiva de los derechos humanos, las obligaciones de proteger y respetar a los muertos y recomienda que se elaboren unos principios rectores basados en los derechos humanos para la protección de los muertos, con el fin de nivelar los diferentes grados de protección que otorga el derecho internacional a las personas fallecidas.

En este sentido se menciona que distintas tradiciones sociales, religiosas y culturales comparten la idea profundamente arraigada de que los fallecidos y sus restos humanos merecen respeto y un trato digno, ya que las familias, comunidades y sociedades de todo el mundo honran y lloran a sus muertos mediante ritos finales y procedimientos funerarios minuciosos y esmerados.

Por lo cual la ONU señala que en los casos de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, los cadáveres de las víctimas atestiguan la vulneración del derecho a la vida y, por lo tanto, la comunidad internacional tiene la responsabilidad de proteger y salvaguardar a las personas fallecidas.

En este sentido también se señala que todos los Estados tienen el deber de proteger y respetar a los muertos, esto con los requisitos pertinentes están consagrados en instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, y todos los países cuentan con leyes nacionales detalladas que regulan el tratamiento de los muertos.

Al respecto también se mencionó que muchas de las desigualdades, discriminaciones e injusticias que se producen en vida persisten en la muerte y aunque el mandato del Relator Especial se refiere a las muertes potencialmente ilícitas y, por tanto, el presente informe se centra en la protección de quienes mueren en esas situaciones, existe, no obstante, un importante solapamiento de leyes, reglamentos y prácticas relativos a las muertes no violentas y cotidianas.

En esos casos, el informe señala que la protección de los muertos sigue planteando problemas considerables, que acentúan el dolor y la sensación de pérdida de quienes desean llorar a sus seres queridos. En particular, plantean problemas la defensa de los derechos de los miembros de minorías y de las personas indígenas, la situación de las personas indigentes y los cadáveres no identificados o no reclamados.

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