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Responsable de muerte de motociclista en Montemorelos, NL libraría la cárcel por ser menor

  Por Milenio

Publicado el martes, 21 de octubre del 2025 a las 17:01


De lo que no están exentos los menores de edad que cometen este tipo de delitos es de pagar la reparación del daño.

Montemorelos.- El joven motociclista que falleció en Montemorelos, Nuevo León, tras ser impactado por una camioneta, era un estudiante que regresaba de su trabajo al momento de la tragedia.

La presunta responsable de la muerte del joven Rodrigo de Jesús Torres Delgado, de 18 años en el municipio citrícola, pese a que huyó del lugar de los hechos libraría la cárcel por ser menor de edad.

De acuerdo con el Código Penal vigente en el Estado de Nuevo León, en un accidente vial en donde resulten personas sin vida, la persona responsable enfrentaría el delito de homicidio culposo si el juez considera que no hubo dolo. El proceso se lleva en libertad, salvo cuando exista una agravante.

Según la definición, el homicidio culposo se considera cuando la muerte de una persona es causada por negligencia, imprudencia, falta de pericia o inobservancia de un reglamento. El responsable de un accidente fatal es procesado por este delito, que se diferencia del homicidio doloso porque no hay intención de matar.

De acuerdo con el artículo 72, los responsables de homicidio culposo o lesiones relacionados con hechos viales libran la cárcel, únicamente cuando no exista culpa grave por conducir en estado de intoxicación voluntaria; que la persona no huya y si se retira del lugar de los hechos sea con causa justificada y se presente de inmediato dentro de las siguientes cinco horas ante la autoridad de vialidad y tránsito o Ministerio Público; que no haya sido condenado por esta clase de delitos y que se haya reparado el daño ante la autoridad.

Por el contrario, el responsable enfrentaría la cárcel en un homicidio culposo en caso de que el juez considere que existen agravantes.

De acuerdo con el artículo 66 del Código Penal vigente del estado de Nuevo León, estas serían conducir intoxicado, si la persona manejaba bajo los efectos del alcohol, estupefacientes, psicotrópicos o sustancias similares; darse a la fuga, si el conductor huyó del lugar de los hechos y no se presenta ante las autoridades para la investigación en las siguientes tres horas, sin justificación.

En estos casos de homicidio culposo con agravantes, las penas van de 4 a 10 años de prisión cuando el responsable sea conductor de vehículos de servicio público de pasajeros o de transporte escolar y de 3 a 9 años de prisión tratándose de cualquier otro conductor de vehículos.

Cabe señalar que independientemente de la sanción penal, el responsable, la aseguradora o en su caso el Estado, tiene la obligación de reparar el daño causado a las víctimas o sus familias, que van desde la restitución y compensación económica, en donde se busca dejar a la víctima en una situación similar a la que tenía antes del accidente; solventar daños patrimoniales, que incluyen gastos médicos, rehabilitación, reparación del vehículo, pérdida de ingresos y otros gastos derivados del accidente.

En este apartado también se incluyen los daños extrapatrimoniales, que abarcan el sufrimiento emocional, el daño moral y la afectación a la dignidad de la víctima; la reparación de bienes materiales, en donde se cubre el costo de la reparación de los daños a los vehículos y a sus componentes y la reparación de lesiones, para lo cual es necesario cubrir los gastos médicos y de rehabilitación necesarios para la recuperación de las lesiones. En caso de lesiones permanentes, se pueden reclamar gastos futuros.

Pero todo esto cambia cuando el responsable es menor de edad, pues aquí entra la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes que indica en su artículo 164 que el internamiento se utilizará como medida extrema y por el tiempo más breve y únicamente en delitos de alto impacto, por lo que el homicidio culposo no está considerado. De lo que no están exentos los menores de edad que cometen este tipo de delitos es de pagar la reparación del daño.

Familia exige justica por muerte del joven

Su padre, Audiel Torres, señaló que su hijo era un joven muy dedicado y trabajador.

“ Mi hijo es otra cosa, de su trabajo a su casa. Se compró esa moto con su esfuerzo, él la estaba pagando, para eso trabajaba mi hijo, para comprarse sus cosas, muy responsable. Estudiaba, él salió de la prepa militarizada y solito se inscribió a la universidad. Me dijo: ‘Yo quiero seguirle‘”, dijo.

Al señalar que ninguna autoridad se ha acercado a la familia desde el accidente, el papá de la víctima pidió que se haga solo lo justo.

“ El único contacto que tuve fue en el hospital cuando supe del accidente de mi hijo. Ando ocupado haciendo trámites de mi hijo. Espero que (las autoridades) hagan su trabajo.

“ Ojalá el alcalde ponga atención a la gente, nomás lo necesario, no se pide más que lo que tienen qué hacer ellos“, agregó.

Información de Milenio.

 

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