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Grupo Zócalo
Publicado el sábado, 29 de enero del 2022 a las 16:25
Ciudad de México.- Se acerca el plazo para los contribuyentes que deben informa al Servicio de Administración Tributaria (SAT), si desean pertenecer al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), o desean ‘mudarse’ al Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
El sistema, implementado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), informó que dentro del Paquete Económico 2022, se propone esto en simplificación que tiene como objetivo hacer más sencillo, rápido y eficaz el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Sin embargo, los contribuyentes continúan con dudas respecto al nuevo sistema implementado por las autoridades fiscales, el SAT compartió una serie de preguntas más comunes sobre el Resico, las cuales puedan ayudarte a entender más sobre este:
¿Quiénes pueden tributar al RESICO?
Los que realizan únicamente actividades empresariales, comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
También se incluye a los contribuyentes de talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúper, escuelas, guarderías, ferreterías, refaccionarias, entre otras.
Presten únicamente servicios profesionales: servicio personal, personal independiente prestado a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas, por ejemplo: abogacía, contaduría, medicina, entre otras.
Otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles, provenientes del arrendamiento o subarrendamiento, y en general por otorgar a título oneroso el uso o goce temporal de bienes inmuebles en cualquier forma.
Es importante resaltar que puedes aplicar a este sistema del RESICO, si eres una persona física con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos, esto vareará a la actividad económica.
¿Quiénes no pueden aplicar al Resico?
La autoridad fiscal compartió quienes son los contribuyentes que no pueden aplicar a este sistema:
Socios.
Accionistas.
Integrantes de personas morales o que sean partes relacionadas con los términos del articulo 90 de la Ley del Impuesto sorbe la Renta.
Residentes en el extranjero que tengan uno o varios negocios permanentes en México.
Cuenten con ingresos sujetes a regímenes discales preferentes.
Cuando perciban ingresos a que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR relativos a aquellos que se asimilan a salarios.
Cabe resaltar que para las personas interesadas en conocer más información sobre el nuevo Régimen de Confianza, pueden ingresar a las cuentas oficiales del @SATMX, en donde podrán obtener más datos, así como conocer otro anuncios de parte de la autoridad fiscal mexicana.
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