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La Jornada
Publicado el martes, 9 de diciembre del 2025 a las 18:23
Ciudad de México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió este martes dos fallos unánimes de gran calado en defensa de los derechos de la comunidad LGBTQ+, al invalidar porciones de las leyes de Campeche y Tamaulipas que atentaban contra la identidad de género de los menores y criminalizaban la homosexualidad.
Las decisiones se tomaron en el Pleno, a partir de acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que denunció actos de discriminación.
La SCJN anuló el Artículo 149 Ter, fracción III, del Código Civil de Campeche, el cual exigía la credencial para votar (INE) como requisito para tramitar un acta de nacimiento con identidad de género autopercibida.
El ministro ponente, Giovanni Figueroa Mejía, argumentó que este requisito excluía automáticamente a los menores de 18 años y vulneraba el principio de autonomía progresiva de la niñez y la adolescencia.
” El Congreso de Campeche no tomó en consideración que la niñez y la adolescencia pasan por distintas etapas en su vida, en las que van desarrollando progresivamente habilidades, emociones que les permiten tomar gradualmente decisiones más y más importantes. A esto lo llamamos la autonomía progresiva,” expuso el ministro Figueroa.
El Congreso de Campeche tendrá ahora 12 meses para adecuar su ley conforme al criterio de la Corte, garantizando que los menores puedan obtener su acta de nacimiento con su identidad de género.
En el segundo proyecto, a cargo del ministro Arístides Guerrero García, el Pleno invalidó la expresión “el homosexualismo” del Artículo 192 del Código Penal de Tamaulipas.
Dicho artículo equiparaba inducir a un menor a la homosexualidad con conductas delictivas como la mendicidad, la ebriedad, el consumo de drogas, la prostitución o la integración a una asociación delictuosa, bajo el delito de corrupción de menores.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, señaló que la legislación de Tamaulipas reflejaba una “percepción negativa de la homosexualidad, porque se incluye este delito como parte de los delitos que atentan contra la moral”.
La ministra Lenia Batres Guadarrama criticó al Congreso de Tamaulipas por mantener esta disposición, considerándolo un retroceso. Recordó que México ocupa el segundo lugar en América Latina en crímenes de odio contra personas LGBTTTQ+, y que entre 2014 y 2025 se han registrado al menos 739 casos de asesinatos y desapariciones de personas de la diversidad sexual y de género.
Con estos fallos, la SCJN reafirma la protección constitucional de los derechos de la comunidad LGBTQ+ y elimina disposiciones que fomentaban la discriminación legal en dos entidades del país.
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