Nacional
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Grupo Zócalo
Publicado el lunes, 13 de octubre del 2025 a las 22:09
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) llevará a cabo por primera vez una audiencia pública para debatir si la falta de consulta a personas con discapacidad puede ser motivo suficiente para anular una ley.
La ministra Lenia Batres Guadarrama solicitó posponer la resolución de la acción de inconstitucionalidad promovida contra la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán, publicada el 11 de noviembre de 2024, a fin de permitir la participación de organizaciones y personas interesadas.
“Hemos recibido solicitudes de audiencia de varias organizaciones y personas interesadas en los temas que se abordan, y hemos decidido llevar a cabo la primera audiencia pública sobre este asunto. Pido a todas las organizaciones estar atentas a la convocatoria”, expresó la ministra.
De acuerdo con fuentes judiciales, la Secretaría General de Acuerdos del Pleno definirá en las próximas horas la fecha y hora de esta audiencia, que marcará un precedente histórico en el máximo tribunal del país.
Este ejercicio deriva del acuerdo general 5/2025, emitido el 3 de septiembre pasado, que faculta a la Corte para realizar audiencias públicas en casos de alto interés social.
La ministra Batres presentó el 7 de octubre su proyecto de resolución sobre la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán, que argumentó que el Congreso local no consultó a niños, niñas, adolescentes ni a personas con discapacidad antes de aprobar la ley.
En su propuesta, Batres plantea desestimar los alegatos y validar la norma, al considerar que la consulta no es requisito indispensable para la validez de una ley, siempre que su contenido no vulnere los derechos de los grupos afectados.
“El derecho a la consulta no forma parte del procedimiento legislativo y su omisión no invalida por sí misma una norma general”, señala el documento.
Con esta postura, la ministra busca modificar el criterio vigente desde la anterior integración del tribunal, el cual establecía que la falta de consulta representaba una violación al proceso legislativo y, por tanto, podía invalidar una ley.
Esa interpretación llevó a la anulación de diversas reformas durante el sexenio del expresidente Andrés Manuel López Obrador, lo que Batres ha cuestionado públicamente al considerar que impidió la ampliación de derechos en comunidades indígenas y otros grupos.
El debate en el Pleno quedó suspendido el pasado 7 de octubre y se reanudará una vez concluida la audiencia pública, cuya fecha oficial será determinada en los próximos días.
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