Nacional
Por
Grupo Zócalo
Publicado el sábado, 5 de julio del 2025 a las 14:19
Ciudad Juárez.- Por conservar “en silencio” 383 cadáveres sin dar aviso a las autoridades correspondientes por la acumulación; por haber superado las 48 horas que se tienen para haberlos incinerado y no informar al respecto; por haber hacinado cuerpos de manera indigna en un espacio no destinado para depósito sino para cremación, es que el dueño y el empleado del crematorio Plenitud son considerados ahora presuntos responsables de ocultamiento y conservación ilegal de cadáveres.
No fueron suficientes los argumentos de la defensa particular de José Luis A. C. (dueño) y Facundo Teófilo M. R. (empleado) de tratar de desvirtuar la investigación penal por tratarse, dijeron, de un asunto de materia administrativa, de multas, suspensiones, sanciones y trámites.
“ ¿De qué manera voy a ocultar 383 cuerpos en dos o tres habitaciones? Estaban apilados (los cuerpos), sí, y es irrespeto a los restos, sí, pero es un tema administrativo. Se les juntó el trabajo”, dijo la abogada Mara Haydee Lagunés Ávalos, en su respuesta a la solicitud del Ministerio Público para iniciar la investigación formal contra sus representados.
Para la defensa, conformada también por Daniel Álvarez Correa y Carla Georgina García Estrada, el que se hayan acumulado 383 cadáveres de personas embalsamadas constituía faltas por no llevar el procesamiento de los cuerpos como marca la Ley General de Salud.
No estaban ocultos, dijo Lagunés, pues los propios policías municipales que reportaron el hallazgo en primera instancia los hallaron sin problema. “No estaban encubiertos, ni escondidos, no visibles en general”, sino que estaban accesibles en el predio del crematorio.
Era “lógico”, agregó, que hubiera 383 cadáveres todos embalsamados en el crematorio, que aunque eran “demasiados”, no estaban ocultos, valoró. “No hay ley que diga cuántos cuerpos ya son demasiados” , argumentó en audiencia de vinculación o no a proceso.
Incluso acusó a la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del hecho, pues si hubieran revisado después del 7 de marzo de 2022, fecha de la última revisión, se habrían dado cuenta del acumulamiento desde antes. Debió la dependencia poner atención en ese crematorio luego de actas de verificación de 2020 y 2022 que daban cuenta de 20 y cuatro cuerpos, respectivamente, acumulados esperando a ser cremados, lo que va contra las normativas que observa la Comisión.
La mesa del Ministerio Público, conformada por Francisco Javier Rosas Esquivel, Areli Pérez Soto y Javier Barrón Núñez, respondió a los alegatos. Rosas Esquivel tomó la palabra para afirmar que sí existen los delitos, pues no se siguieron los procedimientos administrativos pero llevaron a acumular cuerpos en un lugar destinado para cremación, no conservación.
Sobre la acusación a Coespris, se limitó a decir que “no estamos juzgando a la autoridad sanitaria”.
Finalizó la discusión y el juez de Control Apolinar Juárez Castro dictó un receso de dos horas que se hicieron tres horas y media.
Para el juez hubo un dato de prueba preponderante: entre los oficios que Carlos Tarín, encargado de Coespris, dio a la Fiscalía y que ésta leyó en la audiencia inicial, se da cuenta de que había permiso de funcionamiento de Plenitud desde el 9 de julio de 2020, y el titular responsable sanitario es José Luis A. C., quien en la sede ministerial dijo que apenas había heredado de su difunto padre, Luis Arturo Arellano Barnola, el negocio hacía dos años.
En la audiencia, que se extendió por casi siete horas, el agente del Ministerio Público (MP), Francisco Javier Rojas Esquivel, reiteró que las conductas de los imputados son clasificadas y sancionadas como delito, tal y como se contempla en el artículo 202, fracción I, del Código Penal del Estado de Chihuahua, y el ilícito federal establecido en el apartado 462, fracción I, de la Ley General de Salud.
“Se impondrá prisión de seis meses a dos años o de 30 a 90 días multa, a quien”, indica el artículo 202, En la fracción I dice: “oculte, destruya o sepulte un cadáver, feto o restos humanos, sin la orden de la autoridad que deba darla o sin los requisitos que exijan el Código Civil o las leyes especiales”.
El artículo 462 señala que “se impondrán de seis a 17 años de prisión y multa por el equivalente de ocho mil a 17 mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate”. La fracción I indica: “al que ilícitamente obtenga, conserve, utilice, prepare o suministre órganos, tejidos y sus componentes, cadáveres o fetos de seres humanos”.
El agente del MP, Rojas Esquivel, explicó que, de acuerdo con un reporte de la Comisión Estatal para la Protección de Riesgos Sanitarios (COESPRIS), en el crematorio se detectó un manejo inapropiado de cadáveres, malas prácticas de higiene, falta de funcionamiento de dos cámaras de refrigeración, el horno crematorio fuera de operación y la carencia de energía eléctrica.
Se acusa de ocultamiento de cadáveres a José Luis A. C. y Facundo M. R., porque escondieron esa situación y los cuerpos, aunque la ley establece que la cremación de los difuntos se debe realizar en 48 horas, explicó.
El Diario de Juárez
Notas Relacionadas
Más sobre esta sección Más en Nacional
Hace 1 hora
Hace 2 horas
Hace 3 horas
Hace 3 horas
Hace 4 horas
Hace 4 horas
Hace 4 horas
Hace 4 horas
Hace 4 horas
Hace 4 horas
Hace 5 horas
Hace 5 horas