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Senado fortalece facultades de CNDH

  Por El Universal

Publicado el miércoles, 9 de marzo del 2011 a las 18:43


El Senado aprobó una reforma por la que se elevan a rango Constitucional los derechos humanos

México.- El Senado aprobó una reforma por la que se elevan a rango Constitucional los derechos humanos; se traslada la facultad de la Corte de investigar violaciones graves a los mismos a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y establece por primera vez la garantía de no discriminación por “preferencias sexuales”.

Además, en caso de persecución de orden político, se incorporan figuras como el asilo y por causas de carácter humanitario, el refugio. En una ley secundaria se regulará la procedencia de estas figuras y sus excepciones.

Los cambios facultan a la CNDH a conocer quejas en materia laboral, con lo que podrá emitir recomendaciones a las autoridades competentes en violación de derechos humanos laborales y podrá ejercitar acciones de inconstitucionalidad contra leyes federal, estatales y del Distrito Federal que vulneren los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que México sea parte.

Se le dotó de “dientes” a la CNDH y a las comisiones estatales de Derechos Humanos para que sean más efectivas en la emisión de sus recomendaciones y si un funcionario no acata alguna de estas, podrá ser llamado por el Senado para que rinda cuentas.

En caso de que el gobierno desee aplicar el llamado Artículo 33 Constitucional para expulsar del país a una persona extranjera, se establece el derecho de audiencia previa.

La reforma abre la puerta para que el Estado prevenga, investigue, sancione y repare las violaciones a los derechos humanos y establece que el respeto a los derechos humanos se contemple en la educación que imparta.

El presidente de la comisión de Puntos Constitucionales, Pedro Joaquín Coldwell (PRI), reconoció que se trata de la reforma más importante de los últimos 25 años.

Pablo Gómez (PRD), destacó que al incorporar el conjunto de derechos humanos al texto de la Constitución, toda violación de una garantía puede ser parte de los instrumentos legales para hacer valer esos derechos, entre ellos, vía amparo.

Santiago Creel (PAN), dijo que se trata de un cambio de forma y que ahora los derechos no podrán ser suspendidos bajo ninguna circunstancia. “Es uno de los cambios más trascendentes que hemos podido lograr en estas últimas legislaturas”.

Ricardo Monreal (PT) reconoció la trascendencia de la reforma, mientras que Arturo Escobar (PVEM) indicó que además de representar un avance significativo en derecho Constitucional sobre derechos humanos, “han sido un claro ejemplo de acuciosidad y coordinación en el trabajo legislativo de ambas Cámaras”.

Luego de la aprobación en lo general por 106 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, se reservaron los artículos 1, 11, 18, 29, 33, 97 y 102.

En artículos reservados se avaló con 85 votos un cambio: al último párrafo del artículo 102 Constitucional, donde se faculta a la CNDH a investigar los casos de violaciones graves y se determinó que no sea a través del Consejo Consultivo, como habían propuesto los diputados federales.

El párrafo y su artículo transitorio número ocho, fue regresado a la Cámara de Diputados.

El resto de la reforma fue avalada y pasó a los 32 congresos estatales, y debe recibir el aval de la mitad más uno, por tratarse de una reforma Constitucional.

El debate en torno al artículo primero, en que se menciona “preferencias sexuales” dividió a los panistas. Un grupo integrado por Teresa Ortuño, Jorge Andrés Ocejo, Rubén Camarillo, Felipe González, Ramón Galindo, Blanca Judith Díaz, Ángel Alonso Díaz, Ramón Muñoz, María Serrano, Jaime Rafael Díaz, Emma Larios, Javier Castelo y Lázara Nelly González, intentó cambiar el término, pero fue rechazado.

Otros legisladores del PAN, como Alejandro Zapata Perogordo, avalaron que se quedara como estaba.

De hecho, el PAN detuvo por unos días la votación, al solicitar tiempo para analizar a fondo las reformas, sobre todo en este último tema.

Las comisiones aclararon en el cuerpo del dictamen la razón por la que se acordó mantener el término: “brindará mayor certeza jurídica y protección a las personas no heterosexuales en todos los ámbitos sociales, ya que esta modificación corresponde a la realidad a la que se enfrentan muchas personas que llegan a ser discriminadas en los ámbitos familiar, escolar, laboral y social, que ha producido agresiones físicas, verbales, psicológicas, tortura e, incluso, muerte”.

Con la reforma se establece que las autoridades que no acepten las recomendaciones emitidas deberán publicar las razones de su negativa y si los servidores públicos no aceptan las recomendaciones, deben fundar su negativa y podrán ser llamados a comparecer ante el Senado de la República o la Comisión Permanente.

Con la reforma al artículo 15 Constitucional, no se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos.

En caso de que el Ejecutivo federal decrete el restringir o suspender garantías, se aclara que no podrán suspenderse los derechos a la no discriminación, al reconocimiento a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad, los derechos de la niñez y los derechos políticos, las libertad de pensamiento, de conciencia y de profesar creencia religiosa alguna.

Además del principio de la legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre y la prohibición de la desaparición forzada y la tortura.

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