Monclova
Por
Alexis Massieu
Publicado el viernes, 26 de febrero del 2021 a las 04:00
Monclova, Coah.- Con la nueva reforma al Código Penal se dio un paso atrás en la procuración de justicia y la presunción de inocencia, al establecer como regla indiscutible la prisión preventiva oficiosa para una larga lista de delitos que incluye al feminicidio, el robo a casa habitación y el uso de programas sociales con fines electorales.
El delegado en la localidad de la Confederación de Colegios y Asociaciones de Abogados de México, César García Diosdado, señaló que salvo algunos casos como pudiera ser el feminicidio, ante el lamentable fenómeno de violencia contra la mujer, la prisión preventiva de oficio recientemente decretada significó dar un paso atrás.
“Lejos de ir avanzando en el sistema penal, vamos en retroceso, ya que antes de la reforma, la prisión preventiva era solamente para casos excepcionales o muy graves, y ahora no, razón por la que vamos de nueva cuenta a sobre poblar los centros penitenciarios, ahorrándose con ello la autoridad el uso de localizadores electrónicos”.
“No tendrá opción el juez de decidir, ni el Ministerio Público la obligación de fundamentar y motivar el por qué se requiere la prisión preventiva; los jueces ya no tendrán opciones como eran el localizador electrónico, las firmas periódicas o el resguardo domiciliario en los delitos que fueron contemplados en la reforma”.
“Ahora tratándose de esos delitos es de a fuerza ir a prisión mientras se investiga y se realiza el juicio, hasta que sea absuelto o se dé otro tipo de situaciones contempladas en la ley mediante las que pudiera el acusado recuperar la libertad”.
“Lo que se buscaba con el Nuevo Sistema Penal Acusatorio Oral era que prevaleciera la presunción de inocencia, el clásico nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario y ya no va a ser así, lo que creo se debe a razones sociales y políticas”.
“No se había visto antes que el uso de programas sociales con fines electorales fuera sancionado de esa manera, tal vez quieran en verdad las autoridades combatir la corrupción, porque se incluyó también en la lista, al delito de enriquecimiento ilícito”.
“Todos sabemos de funcionarios que se ha enriquecido de la noche a la mañana sin haber ganado la lotería”, sentenció el jurista, para enseguida agregar; que en la actualidad, de ser llevados los políticos ante un juez por ese delito, de oficio se quedarán en la cárcel mientras se resuelve el juicio.
La reforma a la Ley Penal
El 12 de abril del 2019 se reformó el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala cuáles delitos son de prisión preventiva oficiosa mediante un listado, lo que pese a entrar en vigor, quedó en suspenso debido a que no se adecuó en ese sentido a los códigos penales.
Fue con la última reforma del 18 de febrero que finalmente se adecuó el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y se estableció la prisión preventiva oficiosa, para un total de quince delitos.
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