Coahuila

Publicado el jueves, 20 de noviembre del 2025 a las 16:27
Saltillo, Coah.- El Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila será reformado para establecer condiciones más equitativas en la terminación de la relación laboral de las personas servidoras públicas de base no sindicalizadas y de confianza.
Cuando las personas trabajadoras y patrones lleguen a un convenio o liquidación de una persona trabajadora, fuera de juicio, podrán recurrir ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje para solicitar su aprobación y ratificación.
Todo convenio o liquidación deberá constar por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que le den origen, así como de los derechos que en él se reconozcan, refiere la iniciativa del gobernador Manolo Jiménez Salinas, enviada al Congreso del Estado.
Se garantiza una medida compensatoria de carácter económico por los años efectivamente prestados al servicio del Estado, a fin de reconocer el compromiso institucional de quienes, sin gozar de los beneficios de la negociación colectiva, han contribuido con su desempeño al cumplimiento de las funciones de la administración pública.
Añade el beneficio de permiso prejubilatorio de 30 días naturales con goce de sueldo, previos a su jubilación, con el fin de que las y los trabajadores preparen su trámite de jubilación sin detrimento de su salario ni de sus derechos.
Asimismo, incorpora la figura jurídica de insumisión al arbitraje, novedosa en la legislación estatal, para permitir a la parte demandada, en los supuestos previstos en el Estatuto, optar por la posibilidad de extinguir anticipadamente la controversia mediante la entrega de un depósito de tres meses de salario, así como salarios vencidos y partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, a favor de la parte actora.
La insumisión procede sólo en caso de las acciones de reinstalación por despido injustificado y cuando se trate de personas trabajadoras de confianza, eventuales o temporales, interinos y de aquellos que tengan una antigüedad menor a 6 meses.
De esta manera, se reducen litigios, se desalienta la prolongación de los juicios, se promueven acuerdos tempranos, se reduce la carga del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, con una justicia pronta y expedita.
En materia procesal, la iniciativa introduce medidas para garantizar un acceso efectivo a la justicia para las personas trabajadoras al servicio del estado, como una audiencia de conciliación obligatoria, un lenguaje jurídico claro y accesible y eliminación de actos procesales innecesarios.
Con las modificaciones, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje pasará a formar parte del Poder Ejecutivo, para fortalecer la justicia laboral burocrática y mantiene la naturaleza colegiada para la deliberación plural resolución de conflictos laborales del sector público.
Se integrará con tres magistraturas propuestas por el titular del Ejecutivo y aprobadas por el Congreso del Estado y se delimitan las funciones de las tres Salas, el Pleno y la Presidencia para darle eficacia operativa, con legalidad y equidad procesal.
Se contempla el procedimiento para designar magistradas y magistrados, titulares y suplentes, a través de convocatoria pública con etapas, requisitos y criterios de evaluación que aseguren la selección de perfiles más aptos.
Con base en los resultados de la convocatoria, el titular de Poder Ejecutivo integrará las ternas respectivas (dos para las magistraturas titulares y una para las magistraturas suplentes, y las remitirá al Congreso para que el Pleno o la Diputación Permanente realice las designaciones con el voto de, al menos, las dos terceras partes de los legisladores presentes.
Durarán en el cargo 6 años, con posibilidad de reelegirse por una ocasión. Para garantizar la continuidad institucional y profesionalización, en el transitorio se establece la integración inicial del Tribunal de manera escalonada.
Regirá para los poderes Ejecutivo, Legislativo, órganos autónomos y municipios.
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