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Coahuila

Usufructo vitalicio, una forma distinta de heredar

Por Sandra Rodríguez Wong

Hace 5 años

La mayoría de los padres procuran proteger económicamente a sus hijos para cuando llega el momento de partir. Algunos prefieren adelantarse a ese momento y, en ocasiones, buscan “heredarles en vida”, pero pocas veces nos enteramos de cómo puede realizarse este trámite hasta el momento en el que alguien lo sugiere, o llegamos al notario y nos explica algunas de las opciones.

Uno de los mecanismos más utilizados para ello es el usufructo; que consiste en la cesión de por vida de un derecho sobre un bien mueble o inmueble, con lo que el usufructuario –esto es, que quien hace uso del bien–, tiene derecho a percibir todos los frutos que genere, tal como lo establece el Código Civil.

Los padres podrán “heredar en vida” a los hijos la propiedad de un bien, sin necesidad de transmitir el derecho de uso y disfrute. Este derecho lo reservan para ellos, hasta el momento de la muerte. Podrán dar a los hijos la propiedad de la casa y continuar viviendo ahí hasta el momento en que uno de los padres o los dos fallezcan. Incluso, hasta es posible se reserven para ellos, el derecho de rentar la propiedad y conservar la renta para sus gastos, a esta renta es a lo que denominamos “frutos”.

Todo lo anterior no significa que el hijo, o los hijos, no tendrán su derecho de propiedad. Lo tienen, solo que el uso y el disfrute lo tienen los padres. El usufructo puede establecerse por un plazo determinado o se puede establecer en forma vitalicia. El Código Civil de Coahuila, en su Artículo 1515, define el usufructo como “… el derecho real y temporal de usar y disfrutar, total o parcialmente, de un bien ajeno, sin alterar su forma ni su substancia”.

El usufructo se puede constituir por la voluntad de las partes o incluso por testamento, y puede también constituirse a favor, de una o de varias personas, ya sea en forma simultánea o sucesivamente.

Por ejemplo, si deseamos que otro de los hijos viva en la propiedad hasta que cumpla cierta edad, aun cuando los padres ya hayan fallecido o como una protección adicional a los hijos que consideramos requieren más apoyo, o son más vulnerables.

El usufructo es una institución que cuenta con muchas variantes y opciones viables para proteger a los hijos, proteger a los mismos padres de la ingratitud de los hijos, proteger a hijos menores o terceros que requieren un beneficio adicional sobre determinados bienes.

Hoy en día más personas quieren “heredar en vida”, pero no quieren donar todos los derechos hasta que fallezcan, esta es una opción razonable y viable para la protección de hijos y padres para que la familia disfrute de los bienes y el patrimonio que llevó años a los padres construir.

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