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| Crecen las disputas por la custodia de los hijos en un divorcio.

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‘Violencia vicaria sólo se aplica a los hombres’

  Por Grupo Zócalo

Publicado el sábado, 7 de marzo del 2026 a las 04:06


Johnny Emmanuel y Estela: la disputa legal que puso a Coahuila en el centro del debate feminista.

Monclova, Coah.- Johnny Emmanuel y Estela, un joven matrimonio radicado en Coahuila, colocaron su vida privada en el foco de atención de la opinión pública, al protagonizar una disputa legal por la custodia de sus hijos.

El caso inició como muchas otros en los que la pareja se divorcia, pero escaló a los medios de comunicación luego de que la actuación de Estela fue considerada como violencia vicaria, una conducta que, según el movimiento feminista, se puede aplicar a los hombres, pero no a las mujeres.

La historia comenzó tras la ruptura de la pareja, cuando surgieron desacuerdos sobre la convivencia con los menores. Lo que inicialmente parecía un conflicto familiar más, terminó trasladándose a los tribunales y con el paso de los meses, se transformó en un caso que comenzó a ser seguido por colectivos ciudadanos, juristas y autoridades judiciales.

Johnny Emmanuel sostiene que la separación derivó en una serie de conflictos que terminaron por limitar su contacto con los niños. Según su versión, la situación se agravó cuando Estela decidió trasladarse a Colima junto con los menores, para continuar con su desarrollo profesional.

Para el padre, ese cambio de residencia fue interpretado como una decisión que afectaba directamente su derecho de convivencia con sus hijos.

Ante esa situación, decidió acudir a la vía penal. Presentó una denuncia en la que acusó a su expareja de violencia familiar en diversas modalidades, incluida la violencia vicaria, argumentando que los menores estaban siendo utilizados como un medio para causarle daño emocional.

El caso avanzó en los tribunales de Coahuila y alcanzó un momento decisivo en enero de 2026, cuando se celebró una audiencia inicial que se prolongó durante más de seis horas.

Al término de esa jornada judicial, el juez de Control, Reynold Elguézabal Dávila, tomó una decisión que sorprendió incluso a observadores del sistema legal: vinculó a proceso a Estela Guadalupe por el delito de violencia vicaria en sus modalidades física y psicológica.

La resolución fue considerada histórica. Era la primera vez en Coahuila que una mujer enfrentaba cargos por ese delito, una figura jurídica que en México ha sido concebida principalmente para proteger a mujeres víctimas de violencia ejercida a través de sus hijos.

Como parte de las medidas cautelares, inicialmente se estableció arraigo domiciliario, aunque posteriormente la medida fue modificada para permitir que Estela continuara el proceso en Colima, donde reside y trabaja, con la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad judicial.

Mientras el proceso avanzaba, el caso comenzó a generar un debate mucho más amplio. No sólo se discutía la responsabilidad penal de una persona, sino también la manera en que debía interpretarse la figura de violencia vicaria dentro de la legislación.

La controversia llegó al Tribunal Superior de Justicia del estado, donde los magistrados analizaron la constitucionalidad de aplicar ese delito sin una distinción clara de género.

El análisis surgió a partir de una duda constitucional planteada por el propio Juez que había vinculado a proceso a Estela, lo que llevó al Tribunal Constitucional local a estudiar el alcance de la norma.

Durante la discusión, el magistrado Luis Efrén Ríos explicó que el objetivo del procedimiento no era resolver el caso específico, sino fijar criterios de interpretación para situaciones similares.

“La finalidad de este procedimiento es no resolver el caso concreto, si no resolver la interpretación constitucional que se puede dar en un caso concreto. Este Tribunal resuelve en abstracto la interpretación; nosotros, Tribunal Constitucional, no resolvemos el asunto específico; eso le corresponde a la jurisdicción del Juez”, señaló.

El punto central del debate era el texto del Código Penal de Coahuila, que reconoce la violencia vicaria como una forma de violencia familiar, pero no establece expresamente el género de la víctima.

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