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Condonará IMSS multas a patronos damnificados

Por Orquídea López Allec

Publicado el sábado, 24 de julio del 2010 a las 14:00


Piden acercarse a las oficinas para solicitar los beneficios

Piedras Negras, Coah.- Como una medida para fortalecer la recuperación de la economía, el IMSS condonará las multas y aplicará un programa de pago a plazos, sin recargos a patrones que se hayan visto afectados por las lluvias y crecientes, debido a los remanentes del huracán “Alex”.

Este es un programa de pago a plazos, emitido por el IMSS, -ya sea en forma diferida o en parcialidades-, sin aplicación de multas o recargos y sin presentar garantía por el interés fiscal.

De acuerdo a José Luis Dávila Flores, delegado del IMSS en Coahuila, el beneficio se aprobó por el Consejo Técnico, como una medida para fortalecer la economía de los estados afectados, como es el caso de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.

El acuerdo se publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación y este estará aplicándose para las cuotas correspondientes a los meses de junio y julio de este año, cuyo pago debió efectuarse, a más tardar el día 19 de julio y el segundo (julio), el día 17 del mes de agosto de 2010.

Por lo tanto, Piedras Negras, Allende, Morelos, Nava, Villa Unión, Acuña y Zaragoza, serán de los municipios que contarán con este beneficio, y al igual que otros municipios que se vieron afectados.

Por lo tanto, indicó que quienes quieran acceder a este beneficio es necesario entregar por escrito la solicitud de pago en parcialidades, en la Subdelegación correspondiente, incluyendo la petición de dispensar la entrega de la garantía por el interés fiscal.

“También es muy importante acreditar que debido a las lluvias no fue, o no será posible -según sea el caso- realizar el pago de las cuotas”, enfatizó el delegado.

Cabe destacar que este beneficio sólo aplica en la cuota obrero patronal, ya que las cuotas respectivas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como las que se retengan a los trabajadores, deben ser cubiertas en los términos y condiciones que establece la Ley del Seguro Social.

Se expuso que este acuerdo se encuentra que a los patrones que con anterioridad al mes de junio de 2010, tuvieran autorización para pagar en plazos las cuotas, capitales constitutivos, actualización, recargos y multas, podrán diferir las parcialidades (correspondientes al propio mes de julio de 2010 y las subsecuentes que se les hayan autorizado), y reanudar con el pago a partir de agosto, sin que se considere que hubo incumplimiento, por lo que no se generarán recargos.

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