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Cómo presentar tu declaración anual

  Por Agencias

Publicado el martes, 5 de abril del 2016 a las 19:17


Todas las personas físicas inscritas en el SAT deben presentar sus obligaciones fiscales a más tardar el 30 de abril

Entrepreneur / Nayeli Meza Orozco | Ciudad de México.- Para Benjamin Franklin había dos cosas seguras en la vida: la muerte y pagar impuestos. Aunque en México aún existe cierta resistencia por parte de los contribuyentes para cumplir con el pago de sus tributos, ya sea por desconocimiento o porque desconfían en el manejo que se le dará a los recursos, es importante recordar que la presentación de la declaración anual es una obligación.

A la letra, la fracción I del artículo 2 del Código Fiscal de la Federación define a los impuestos como “las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas o morales que se encuentren en situación jurídica o de hecho previsto por la misma”.

En este sentido, Eder Fuentes Velasco, integrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México, explica que los impuestos se destinan para cubrir el gasto de los servicios públicos que el Estado brinda en beneficio de la sociedad.

Por ello, el contador expone que “es importante que todas las personas físicas cumplan con su declaración de impuestos, pues no hacerlo implica diversos perjuicios, como es el caso de multas o sanciones, o bien pagar accesorios derivados de una omisión de impuestos”.

Con la finalidad de que evites un mal momento, a continuación te compartimos algunas claves que te ayudarán a facilitar este trámite.

¿Quiénes están obligados a presentar su declaración anual?

Por principio, Fuentes Velasco explica que están obligadas a presentar su declaración de impuestos todas las personas físicas que reciban ingresos por:

– Arrendamiento

– Actividades empresariales

– Asalariados que obtuvieron ingresos por más de 400 mil pesos

– Asalariados con ingresos adicionales a su sueldo, o con dos o más patrones simultáneos

– Enajenación y adquisición de bienes, dividendos, premios y otros ingresos
Honorarios

¿Qué puedo deducir?

El especialista comparte que una de las preguntas más recurrentes entre los contribuyentes es acerca de qué gastos pueden deducir.

“El error que muchas personas cometen es que no saben qué pueden o no deducir y esto varía según el régimen en el que estén inscritos”, precisa el integrante de la Comisión de Desarrollo Profesional Fiscal 3 del CCPM.

Respecto al tema de Uber, el especialista comparte que este gasto sí es deducible, siempre y cuando se cumplan con los requisitos que pide la ley, que, de entrada, es la presentación del documento fiscal (factura).

Con base en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las personas físicas residentes en México pueden deducir ocho diferentes tipos de gastos personales:

– Gastos médicos, dentales y hospitalarios

– Gastos funerarios

– Donativos

– Intereses reales de créditos hipotecarios

– Aportaciones complementarias para el retiro

– Colegiaturas y transportación escolar

– Primas de seguros

– Pagos de impuestos locales por ingresos

¿Qué modalidades existen para declarar?

“Con el paso de los años, el SAT ha modernizado y facilitado sus procedimientos, con la finalidad de que cada vez más personas físicas y morales cumplan con el pago de sus impuestos. Sin embargo, aún queda trabajo por hacer en esta asignatura”, admite Fuentes Velasco.

Una de las acciones más recientes implementadas por el órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) fue el lanzamiento de una aplicación, la cual tiene como objetivo facilitar a los contribuyentes la presentación de sus obligaciones fiscales.

“La herramienta para declarar es sencilla, intuitiva y fácil de usar, identifica al contribuyente de acuerdo con el tipo de ingresos y en el caso de los asalariados les presenta una opción prellenada, que solo tienen que revisar y si están de acuerdo enviar”, explica la institución a cargo de Aristóteles Núñez Sánchez en un comunicado.

La aplicación cuenta con tres modalidades para quienes solo cuentan con ingresos por salarios y una para las demás personas físicas:

– Modalidad con declaración propuesta, disponible también en dispositivo móvil

– Modalidad con precarga de ingresos y gastos

– Modalidad declaración sólo con precarga de ingresos

Asimismo, se encuentra disponible la opción de presentar el pago de impuestos a través del portal en DeclaraSAT, la cual aplica para personas que tienen ingresos distintos de salarios o salarios combinados con otra actividad.

Al momento de declarar debes tener a la mano…

– Facturas electrónicas de tus deducciones personales

– Tu RFC y contraseña verificada

– Tu Fiel (firma electrónica) la cual cambió de nombre, ahora se llama e.firma, en caso de que tu devolución resulte igual o mayor a 10 mil pesos

¿Listos? ¡A declarar!

Una vez que ubiques el régimen en el que estás inscrito, conozcas que sí puedes, y que no, deducir, así como las diferentes modalidades que existen, estás listo para presentar tu declaración anual.

“Lo más recomendable es que los contribuyentes envíen su declaración de manera digital, pues esto, además de ahorrarles tiempo, les hará más sencillo el procedimiento”, asegura el contador.

A continuación, Eder Fuentes Velasco comparte los pasos que debes seguir para realizar el trámite, a través de internet.

Paso 1
Accede al portal del SAT, ubica la sección Trámites y Servicios y da clic en Pago referenciado.

Paso 2
Selecciona la opción Presentación de la declaración. Ahí deberás indicar el ejercicio fiscal, el periodo y el tipo de declaración. Da clic en Siguiente.

Paso 3
Captura los datos que el sistema solicita. La página puede realizar un cálculo de impuestos o tú puedes capturar las cantidades determinadas.

Paso 4
Da clic en enviar. De manera inmediata, recibirás por la misma vía un acuse de recibo del SAT.

En caso de que tu saldo sea negativo, en el acuse se mostrará una línea de captura con el importe a cubrir y la fecha límite para realizar este pago. De lo contrario, solamente debes llenar los campos que el sistema habilite y con eso concluirás tu declaración anual.

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