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Aprueban diputados en comisiones minuta en materia penal

  Por Notimex

Publicado el miércoles, 10 de diciembre del 2008 a las 04:00


Se trata de una reforma que pretende poner en "sintonía" la modificación constitucional en materia de seguridad

México.- La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga ocho ordenamientos legales en materia penal, la cual se presentará este martes ante el pleno.

El presidente de esa instancia legislativa, César Camacho Quiroz, informó que se trata de una reforma que pretende poner en “sintonía” la modificación constitucional en materia de seguridad con las leyes secundarias.

El legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) no descartó la posibilidad de que el dictamen de la minuta respectiva se presente al pleno este martes y se le dispense el trámite de segunda lectura para someterlo de inmediato a discusión y votación.

Comentó que la miscelánea penal que avaló la instancia legislativa modifica el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, y la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

Asimismo, el Código Penal Federal, la Ley de la Policía Federal Preventiva, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y la Ley Federal de Procedimientos Contencioso Administrativo.

Camacho Quiroz precisó que con los cambios se sancionarán con más rigor los delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus responsabilidades, ya que están sujetos al principio de legalidad y sólo pueden hacer lo que la ley les mandata.

Agregó que en el Código Federal de Procedimientos Penales se regula la petición de orden de cateo que hace el Ministerio Público a la autoridad judicial, la cual se podrá hacer por cualquier medio.

Además se da al Ministerio Público la posibilidad de acudir a un tribunal unitario a impugnar, cuando la autoridad judicial no se ha pronunciado dentro de las 24 horas a la petición de la orden de cateo.

El arraigo domiciliario también se ajustó, para homologar los supuestos para su procedencia, como lo mandata la Constitución, siempre que sea necesario para la investigación, protección de personas o cuando exista el riesgo de que el acusado pueda fugarse de la justicia.

Además, se modificó lo relativo a que los particulares pueden usar como prueba la grabación de comunicaciones privadas con dos requisitos: que tengan una relación directa con la comisión de un delito, así como que el acusado sea uno de los que participa en la infracción. Sigue Aprueban diputados. dos. infracción En tanto, en la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada se estableció que el arraigo se homologue con lo establecido en la Constitución, que dicta que sean 40 días, los cuales puedan ser prorrogables cuando existan las causas a que le dieron origen, sin que exceda los 80 días.

En lo que se refiere al Código Penal Federal, los legisladores avalaron que se establezcan tipos penales para garantizar el debido cumplimiento al mandato constitucional de los servidores públicos.

Por lo anterior, se incluye un tipo penal cuando se incumpla del registro inmediato de la detención en flagrancia, así como asegurar que los funcionarios públicos cumplan su función y sean sujetos de sanciones penales y administrativas.

En la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, se acordó regular los lineamientos para los internos que requieren medidas de seguridad especiales, e incluye a los relacionados con delincuencia organizada y a otros que así lo requieran.

En lo relativo a la Ley de la Policía Federal Preventiva, la Ley Orgánica de la PGR y la Ley Federal de Procedimientos Contencioso Administrativo se reformaron para prever el cambio de régimen laboral para policías, peritos y agentes del Ministerio Público.

Lo anterior, toda vez que el Artículo 123 de la Constitución establece que el cese, baja o cualquier causa de separación a su cargo, aun cuando se compruebe que fue de manera injustificada, no podrá en ningún caso reclamar su reinstalación.

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