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| La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. | Foto: Agencias

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¿Ya tienes tu aguinaldo? Ésta es la multa que recibirá tu patrón si no te paga

  Por Grupo Zócalo

Publicado el lunes, 6 de diciembre del 2021 a las 17:05


Los trabajadores deberán recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre, sin importar que tengan menos del año de relación con la empresa.

Ciudad de México.- Cualquier trabajador que tenga una relación laboral de tipo subordinada a un patrón en México, tiene el derecho a recibir un aguinaldo bajo ningún pretexto y sin consideración a la condición de los mismos, de no hacerlo, el patrón podría recibir una costosa multa.

Esta recta final de 2021 (como cada año) tendrás derecho a recibir el equivalente a 15 días de salario, por lo menos antes del 20 de diciembre. De acuerdo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), esta prestación.

Debe ser entregada a los empleados cada año: dinero que es esperado con entusiasmo ya que en muchos casos significa la oportunidad de adquirir algunos bienes y servicios, o pagar alguna deuda.

Netza Córdova Rivas, licenciado en Derecho, explicó que el aguinaldo debe ser entregado antes del 20 de diciembre, sin importar que el trabajador tenga menos de un año de antigüedad, además, debe ser al menos 15 días de salario.

¿Se aplica alguna sanción al empleador que no pague el aguinaldo?

Si por alguna razón tu patrón no te paga el aguinaldo, deberás reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes como las Juntas de Conciliación y Arbitraje Federal o locales y/o Tribunales Laborales federal o locales, o los Centros de Conciliación y Registro Laboral federal o locales.

La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. Si se incumple, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este tipo de infracciones.

La UMA tiene un valor de 89.62 pesos, por lo que la multa sería de 4 mil 480 a 44 mil 800 pesos. Recuerda que la Profedet “ofrece orientación, asesoría, mediación y representación jurídica con la finalidad de realizar las acciones ordinarias y extraordinarias necesarias ante las autoridades del trabajo”.

 

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