Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
Espera a Rafaela Desconfianza plena Futureando Mágica velada de 15 años Daniela prepara su boda

Zócalo

|

     

Opinión

|

Información

< Opinión

 

Coahuila

¿Se puede otorgar un poder en el extranjero?

Por Columnista Invitado

Hace 4 años

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que éste espacio busca crear una cercanía entre un Servidor y Ustedes Lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe el señor Miguel Ángel lo siguiente:

“Amigo Notario, mi hermana está en Estados Unidos de manera ilegal y no puede venir a México, queremos vender una casa que nos regalaron nuestros padres ¿Qué papel puede mandar firmado desde allá para hacer los trámites?

Amigo Miguel, como hemos comentado en columnas anteriores, la forma en que puede comparecer una persona por conducto de un representante, es por medio de un poder.

Entre los distintos poderes, el indicado para poder vender un bien es el poder para actos de dominio, que es el poder más amplio y permite al apoderado comportarse como dueño del bien siempre en beneficio de quién otorga el poder.

Para realizar una compraventa es necesario que ese poder para actos de dominio sea otorgado ante Notario y se contenga en una escritura pública, además de que cuente con todas las formalidades que exige la ley.

En el caso específico de que a su hermana no le es posible visitar México por su calidad migratoria y otorgar personalmente la escritura, Él debe otorgar un poder para actos de dominio.

En estos casos los cónsules mexicanos acreditados en el extranjero -no sólo en Estados Unidos, sino en cualquier país que exista un consulado mexicano- tienen atribuidas funciones notariales, quiere decir que para ciertos actos son Notarios en el extranjero.

Así las cosas, cualquier persona que requiera realizar un acto jurídico en México por medio de un poder y que se encuentre en el extranjero, puede acudir ante el cónsul mexicano del país en el que se encuentre y comparecer para solicitar la elaboración del poder para actos de dominio en escritura pública.

Los cónsules mexicanos tienen competencia para que ante ellos se otorguen toda clase de poderes, siempre y cuando los poderes estén destinados para surtir efectos en México.

Comento a modo informativo que los consulados mexicanos en el extranjero son extensiones de nuestro territorio nacional, y el cónsul actúa como Notario Mexicano, por tanto los poderes autorizados por ellos en el extranjero son documentos auténticos públicos mexicanos que no requieren de ninguna otra formalidad para surtir efectos en nuestro país. 

Aquí también al hablar que los consulados son una extensión de nuestro territorio, se debe entender que aunque un mexicano se encuentre como inmigrante en algún país extranjero al acudir al cónsul no deben tener ninguna reserva o temor de cómo serán tratados; los consulados en el extranjero sirven para ayudarnos y respaldarnos, es una “parte” de México en el extranjero independientemente de la calidad migratoria con la que estemos en el país donde se encuentra el consulado.

Ahora bien y a manera de puntualizar le digo que su hermano debe acudir al consulado más cercano al lugar donde radica y solicitar le elaboren un poder para actos de dominio a favor de quien lo vaya a representar acá en México, ese poder deberá presentarse al Notario que realizará la escritura de compraventa y con eso se acreditará la personalidad del vendedor.

Espero que hayan pasado una feliz Navidad y deseos que estas fiestas sean de alegría y convivencia en familia, enhorabuena Amigos!

 

Nicanor Moyeda Frías

Notas Relacionadas

Una plática con Cuauhtémoc Cárdenas

Hace 2 horas

Del clan Taddei

Hace 6 horas

Propone Gabriel Elizondo dar certeza jurídica al traslado de combustible para maquinaria

Hace 9 horas

Más sobre esta sección Más en Coahuila

Hace 2 horas

Una plática con Cuauhtémoc Cárdenas

Hace 6 horas

Del clan Taddei

Hace 15 horas

China, los BRICS y la hegemonía del dólar