Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que este espacio busca crear una cercanía entre un servidor y ustedes lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe el amigo Alfonso, lo siguiente:
“¿Cómo está Amigo Notario? Ya terminé de pagar mi crédito del Infonavit y me piden que le haga una corrección porque no aparece la ciudad completa correcta, y me dicen que para poder hacerme la cancelación de hipoteca tengo que corregirla, ¿amigo notario, será necesaria esa corrección?”
Amigo Alfonso, entiendo su molestia o incertidumbre por la postura del Instituto, ya que es común ver su situación en otros acreditados; espero en las siguientes líneas poder orientarle en su duda.
Por errores humanos involuntarios en ocasiones se transcriben errores en las escrituras.
En otras ocasiones los errores devienen de escrituras anteriores o en la escritura de origen.
En su caso, es un tema de redacción o semántica lo que a juicio del Infonavit da lugar a esta posible aclaración.
Las escrituras públicas son autorizadas en el protocolo de los notarios y se expide el testimonio correspondiente para ser tramitado ese traslado de propiedad o dominio ante las Unidades Catastrales Municipales y el Registro Público de la Propiedad.
La función del Registro Público de la Propiedad como lo lleva implícito en su nombre, su función es dar publicidad a esos actos de traslado de dominio, y que cause efectos a terceros.
Aunque concuerdo en que el Instituto no debiera de requerir esa aclaración en su escritura pues no hay error como tal, ademas que usted ya terminó de pagarles y lo único que requiere es que ellos expidan esa cancelación de hipoteca, lamento decirle que la forma para lograr esa cancelación es hacer lo que solicitan y aclarar la cancelación de escritura de origen.
Las aclaraciones deben ser levantadas en una escritura pública, en ella el notario recibirá la comparecencia suya en la que le manifiesta de la información que usted requiere se asiente en la escritura, así como manifestarle como quiere y debe quedar asentado.
Para ello no sólo es necesaria su comparecencia, también se debe presentar al notario documentación que acredite la aclaración, por ejemplo su credencial para votar en la que aparezca el domicilio que es el correcto, alguna certificación que expida la Unidad Catastral o bien el recibo predial para acreditar que el bien se encuentra en esta ciudad de Piedras Negras.
Con lo anterior el notario dará fe de su comparecencia, así como de los documentos que se le hayan presentado y autorizará la escritura en esos términos.
Posteriormente se inscribirá en el Registro Público de la Propiedad la escritura de aclaración y complementará su título de propiedad o escritura, y se tendrá por hecha la aclaración.
A su pregunta de sí es necesaria, yo le recomiendo terminar con ese requisito que pide el Instituto y ya obtener su cancelación de hipoteca, pues de otra manera sólo retrasará dicho trámite.
Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas, y me reitero a sus apreciables órdenes, ¡enhorabuena amigos!
Nicanor Moneda Frías
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